viernes, 27 de julio de 2012

LA LUCHA DE CLASES DESPUÉS DE LA LUCHA DE CLASES







En toda Italia, el libro que se comenta en esta entrada del blog de Luciano Gallino ha sido objeto de felices y agradecidos comentarios. Algunos medios de comunicaicón, como Il Manifesto incorporan a su análisis una buena parte de las ideas en él contenidas. En la fotografía, un grupo importante de juristas del trabajo europeos discuten animadamente sobre los temas que plantea el libro aprovechando una cena ofrecida por la CGIL en Roma. No es seguro que en la mesa del fondo se encuentre el autor de la obra ni su interlocutora, pero tampoco estamos en condiciones de negarlo categóricamente.

 

Luciano Gallino  es un sociólogo muy conocido y activo en temas laborales y de protección social. Posiblemente los lectores del blog recordarán dos de sus títulos más conocidos. “La empresa irresponsable” (2005) y “El trabajo no es una mercancía. Contra la flexibilidad” (2011).
En esta ocasión, ha elegido el formato de libro-entrevista, que es muy cómodo para sus lectores, aunque posiblemente  algunos de ellos añoramos sus antiguos trabajos más sistemáticos. La entrevista es llevada a cabo por Paola Borgna, también socióloga de la Universidad de Torino. El libro lo publica la reputada editorial Laterza (roma, Bari), y la primera edición de marzo de 2012 ha conocido ya dos más, la última de mayo de 2012.

El libro analiza de forma directa, inteligente y sugestiva, los tiempos de la crisis global a partir de 2007, con especial hincapié en a experiencia europea y, claro está, italiana. La tesis general es muy correcta. Aprovechando el esquema marxista sobre el significado de la clase social – clase en sí y para sí – lo aplica de forma muy convincente a una clase dominante transnacional compuesta de forma abigarrada por actores de nuevo tipo – en relación con la composición de las clases dominantes pre-globales – en donde convergen top managers y gestores del capitalismo por delegación (gestores de fondos de pensiones con propiedad accionaria atomizada), empresarios, banqueros y políticos con la participación siempre importante de un cierto número de académicos y universitarios, la clase capitalista transnacional dirige ahora la lucha de clases contra la clase obrera y las llamadas clases medias. Es decir, frente  a una aproximación clásica de la lucha de clases desde abajo hacia arriba, la constatación de una lucha de clases desde arriba hacia abajo. Las políticas del mercado global y la acción legislativa concertada en la Unión Europea como  política “de salida” a la crisis, consolidan de forma evidente una orientación jurídica y política que busca la recomposición de la tasa de ganancia y la consolidación de los privilegios de esa clase construida a nivel global. 

En este proceso de imposición generalizada de políticas de rigor o de austeridad que implican sacrificios y recortes en los servicios públicos y en la condición social de una gran parte de la ciudadanía, la producción ideológica es fundamental. Por eso en este largo proceso de lucha de clases (después de la lucha de clases) es decisivo el proceso de elaboración ideológica y de anulación de los medios de comunicación independientes que esta clase dominante global es capaz de generar. Como lo es, de forma evidente, la interrelación inmediata y profunda entre los aspectos económicos y políticos de estas medidas ante la crisis. La descripción de los mecanismos de incorporación del  discurso crítico a espacios irrelevantes o conceptuados como “acientíficos” es decir separados de la normalidad social y sin que encuentren un referente real en sujetos colectivos potentes, es uno de los elementos que caracterizan el cierto pesimismo subyacente al discurso poderos de denuncia y de crítica que el libro lleva adelante.

Por lo demás, el discurso crítico insiste en la desestructuración y negación progresiva del Estado social y de las prestaciones sociales de éste, pero deja de lado la intervención directa sobre la disciplina de fábrica y el reflejo de la extensa pérdida de empleo sobre el agravamiento de las condiciones laborales en el país. Sin que tampoco se elabore un esquema de sistematización sobre los condicionantes del poder privado y su extensión ilimitada durante la crisis, y del significado que este hecho reviste. Sólo en los dos últimos capítulos del libro se dedica a analizar “el trabajo flexible en una sociedad rígida” y en fin, la lucha de clases en la vida cotidiana. 

Cada vez más se asoman al panorama de las publicaciones y de los ensayos, títulos que explican críticamente la realidad de la crisis y sus consecuencias sobre los trabajadores, la clase “vencida” en la tesis de Gallino.  Sería óptimo que este libro encontrara pronto una traducción al español. Merece la pena.




martes, 24 de julio de 2012

EL REGRESO A LA CAVERNA EN DERECHO PENAL



En rigurosa primicia sobre la publicación en Nueva Tribuna, traemos a las páginas del blog a Juan Terradillos, Catedrático de Derecho Penal en la Universidad de Cádiz, que da cuenta de las más importantes novedades en orden a la incriminación penal que presenta la reforma del Código Penal que el gobierno del PP quiere llevar adelante, con el ministro Ruiz Gallardón como ariete de estas regresivas novedades.

REFORMA PENAL: EL REGRESO A LA CAVERNA



Juan M. Terradillos

Catedrático de Derecho Penal

Universidad de Cádiz



El pasado 16 de julio, el Ministro de Justicia, Ruiz Gallardón, hacia público (eufemismo que, como es norma en estos tiempos, equivale a permitir la filtración selectiva) su anteproyecto de reforma del Código Penal. Los medios, quizá atosigados por una prima de riesgo que, en esas fechas, superaba los seiscientos puntos, quizá todavía impactados por el chulesco “que se jodan”, han prestado poca atención a esta nueva propuesta de reforma penal, y apenas si se han detenido en comentar el retroceso que, en materia de aborto, supone la vuelta al sistema de indicaciones.

El Ministro de Justicia, en lección impartida en la Escuela de verano de la Universidad Católica de Ávila ha pretendido argumentar la decisión jurídicamente: "Quiero recordar --dijo-- que el Tribunal Constitucional, cuando estudio y falló sobre la primitiva ley, algunos de cuyos puntos fueron declarados inconstitucionales y modificados por el legislador socialista, estableció unos principios, y esos principios son que el concebido es susceptible de protección jurídica".

Yerra el señor Ministro, ya que una cosa es que el nasciturus sea susceptible de protección y otra bien distinta que sea acreedor de protección jurídico-penal como titular de un derecho fundamental a la vida, extremo negado por la sentencia del TC 53/1985, que abría así las posibilidades a un sistema de plazos. Sistema avalado, por otra parte por el Derecho internacional. Baste recordar, al respecto, que la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, en su Resolución 1607/2008, de 16 abril, reafirmó el derecho de todo ser humano -en particular de las mujeres-, a la libre disposición de su cuerpo y, en ese contexto, a que la decisión última de recurrir o no a un aborto corresponda a la mujer embarazada. En consecuencia, la Asamblea invitaba a los Estados miembros a despenalizar el aborto practicado dentro de unos plazos de gestación razonables.

La experiencia del actual sistema cuenta con avales sólidos: funciona aceptablemente, no ha incrementado el número de abortos, ha hecho olvidar el turismo abortivo o los peligrosos medios clandestinos tradicionales (del perejil a las agujas de tricotar), garantiza algo tan inatacable como que la mujer decida sobre lo que es suyo, proporciona seguridad jurídica a los profesionales implicados, etc.

Frente a los argumentos pragmáticos y jurídicos, se ha preferido retroceder a un sistema más restrictivo que el de 1985, que no se atrevió a tocar el PP de Aznar, ya que se pretende criminalizar la interrupción del embarazo incluso en el caso de graves malformaciones del feto, sin más justificación, según confesión propia, que la de utilizar el Derecho penal para imponer a todos las convicciones éticas del Ministro, convicciones que coinciden sospechosamente con las de conocidos grupos de presión que, en los últimos años, han venido apoyando la estrategia de oposición del PP.

La vuelta a tiempos pretéritos no se limita al ámbito del aborto. Una lectura de urgencia del Anteproyecto permite adelantar que el retroceso es mucho más amplio y profundo: el texto del Anteproyecto evidencia una decidida voluntad de retorno a estrategias político-criminales más propias del franquismo que de una sociedad democrática del siglo XXI.

La Exposición de Motivos del Anteproyecto proclama el objetivo general de la reforma: garantizar “resoluciones judiciales previsibles que, además, sean percibidas en la sociedad como justas”. Ambas pretensiones resultan, en primera lectura, plausibles. Sin embargo ocultan un proyecto político-criminal que no lo es tanto: por una parte, leyes rígidas que recorten el margen de decisión de jueces quizá proclives a interpretaciones garantistas, impuestas por el modelo constitucional pero discordantes en el discurso de contundencia indiscriminada que ha hecho suyo el Ministro; y, por la otra, leyes duras que respondan a la explicable reivindicación de los parientes de las víctimas y de sus interesados voceros mediáticos, pero no a lo aconsejado por la reflexión científica.

Vuelta, pues, a los principios más burdamente punitivistas y al engañoso espejismo de pensar que el solo endurecimiento de la ley puede hacer más eficaz la lucha contra el delito.

En esa línea, se incorporan a nuestro sistema dos novedades importantes: la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad.

La primera supone una “respuesta extraordinaria” a la delincuencia terrorista, justo cuando la desaparición del terrorismo etarra aconseja un replanteamiento de la respuesta penal de excepción, que intoxica a todo nuestro sistema, y que no es apta para afrontar el terrorismo yihaidista con orígenes en el integrismo religioso.

La pena de prisión de duración indeterminada (prisión permanente), es revisable a los 35 años, tras los que, si está acreditada la reinserción del penado, este podrá obtener la libertad condicional, supeditada al cumplimiento de ciertos requisitos, fundamentalmente la desvinculación de la organización criminal y la reparación a las víctimas.

A observar que en el Código Penal de 1944, el Código de la postguerra, la duración máxima de la reclusión mayor era de 30 años, que la redención de penas por el trabajo reducía en la práctica a 20. La elevación del límite máximo a 40 años y el requisito de cumplimiento de un mínimo de 35 años para acceder a la libertad condicional en casos especialmente graves, fueron fruto de reformas introducidas y/o mantenidas por las mayorías parlamentarias socialista y popular.

Si en su momento fueron unánimes las críticas a una privación de libertad cuya duración es incompatible con el objetivo resocializador que a este tipo de penas impone la Constitución, hoy, cuando se nos propone una prisión de por vida, aunque revisable en ciertas condiciones, la inconstitucionalidad resulta más evidente. Cierto que, como simplificadoramente se pretende argumentar, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos admite la condena de duración indeterminada siempre que la posibilidad de su revisión mantenga viva en el condenado la esperanza de recuperar la libertad. Pero esa esperanza no resulta compatible con un sistema que, como el que se proyecta, condiciona la libertad, entre otros requisitos, al transcurso de 35 años en prisión, 32 de ellos cumplidos en primer o segundo grado. Es pura biología.

Por cierto, resulta al menos incoherente intentar apoyarse en una decisión del Tribunal Europeo, cuando simultáneamente el Ministro del Interior proclama que no dará cumplimiento a su sentencia Del Río versus España, que condena al Estado español por aplicación, con carácter retroactivo, de la “doctrina Parot”.

La otra gran novedad, la custodia de seguridad, consiste en una medida de seguridad privativa de libertad que puede ser impuesta a delincuentes reincidentes peligrosos. Frente al tradicional sistema dualista o de doble vía, que prevé penas para los delincuentes imputables y medidas de seguridad para los inimputables peligrosos, se opta ahora por un nuevo monismo: pena más medidas de seguridad. A lamentar que que el Anteproyecto, en una palmaria demostración de incuria, denomine dualismo a lo que siempre se ha conocido como monismo, y viceversa.

La Ley Orgánica 5/2010, aprobada con mayoría socialista, ya había roto el tradicional modelo dualista al incorporar la espuria y unánimemente criticada por la doctrina medida de seguridad de libertad vigilada, un conjunto de limitaciones de derechos, impuestas al condenado después de cumplida la pena privativa de libertad. La novedad del Anteproyecto de 2012 es que, compartiendo al argumentación (¿) de base, amplía los supuestos de aplicabilidad de la libertad vigilada y agrava la afectación a los derechos del condenado, ya que, tras la pena de privación de libertad se le va a imponer ¡otra privación de libertad de hasta 10 años de duración!.

Parecería deseable que, al menos, tal forma de exacerbación punitiva quedase reservada a supuestos excepcionales de evidente peligrosidad en los autores de delitos graves. Y así lo afirma la Exposición de Motivos, pero el articulado lo desmiente: se aplicará la custodia de seguridad a reincidentes en la comisión de (ciertos) delitos castigados con penas de más de tres años de prisión o a los condenados por varios delitos a los que se impusiere pena por todos ellos superior a cinco años. La gravedad excepcional brilla por su ausencia.

En todo caso, la pena de prisión se cumplirá antes que la custodia de seguridad. Frente a la vieja Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social, que seguía los pasos de la Ley de Vagos y Maleantes de 1933, el Código Penal de 1995 prevé exactamente lo contrario: primero se cumple la medida, que por su vinculación a la personalidad del condenado parece más idónea para neutralizar su peligrosidad y para acercarlo a su reinserción, y después, si fuere necesaria, la pena. Hoy se pretende volver al modelo franquista: primero, el castigo; después del paso por la prisión en cumplimiento de la pena correspondiente al delito cometido, la medida privativa de libertad. En doctrina penal se acuñó hace tiempo la expresión “fraude de etiquetas”. Viene al caso como anillo al dedo. Lo lamentable es que el fraude se realiza a costa de la libertad.

Una vez metido en harina, el Anteproyecto sigue difuminando los límites que siempre han separado penas y medidas de seguridad, para endurecer el régimen de éstas y su ámbito de aplicación, que llega hasta los delincuentes patrimoniales (ojo: al trilero o al chorizo, no a la criminalidad de cuello blanco).

La Parte Especial proyectada da fe de idéntica obsesión punitivista. Se incrementan, en efecto, las penas correspondientes a un buen número de delitos, heterogéneos por demás: detenciones ilegales, hurto, robo, estafa, incendios forestales, intrusismo profesional, atentados (cuyo concepto se amplia), alteración del orden público (cuyo concepto se amplía hasta hacerlo incompatible con los derechos de reunión y manifestación constitucionalmente reconocidos), etc. Por otra parte, a la retórica descriminalización de las faltas –que parecería apuntar a la tan reivindicada despenalización de la delincuencia de bagatela- acompaña la recuperación de muchas de ellas para elevarlas a la nueva categoría de “delitos leves”. Lo que, como falta, salió del Código por la puerta, entra por la ventana como delito.

Se completa, así, un cuadro sancionador regido por la debilidad teórica, por la ausencia de datos criminológicos que pudieran avalar alguna de las soluciones tomadas, por la exasperación punitiva y por la obcecación por dar respuesta a las cuestiones penales solo mediante el recurso a más privación de libertad.

La realidad criminológica permite, no obstante, cuestionar fuertemente esta opción pan-carcelaria. La población carcelaria supera hoy los 67.000 internos, Con un índice de ocupación de los establecimientos penitenciarios de 141% -en Cataluña 94.3%- que refleja un sistema saturado, 37 puntos por encima de la media europea. En términos proporcionales, la población penitenciaria española ha pasado en una década de 111 internos a 154 por cada 100.000 habitantes. Estas altas cifras no son consecuencia de un elevado número de ingresos en prisión, sino de la larga duración de la estancia real, duración debida, según todos los expertos, a la gravedad de nuestras penas carcelarias, a la introducción del período de seguridad, que dificulta el acceso al tercer grado y al endurecimiento del acceso a los beneficios penitenciarios.

Pero este encarnizamiento punitivo no se corresponde con nuestras necesidades preventivas: es conocido el dato, en el que insiste recientemente el Comunicado del XXVII Congreso Nacional de Jueces para la Democracia (Valencia, 2-3 de junio), de que nuestras tasas de delincuencia son inferiores a las de los otros grandes países de la UE, mientras los estudios de victimización revelan, entre 1989 y 2008, la tendencia descendente de prácticamente todas las categorías de delito.

Frente al no disimulado punitivismo, el Anteproyecto opta por el absentismo frente a la delincuencia de cuello blanco. Cuando el informe de 6 de junio pasado de la ONG Transparencia Internacional, advierte que España no sanciona ni controla suficientemente la ineficacia, el despilfarro y las corruptelas en el sector público y que “Los vínculos entre la corrupción y la actual crisis financiera y fiscal en estos países ya no se pueden ignorar”, resulta llamativo que se deje intocada la disciplina penal en la materia. Quizá porque el Ministerio desconozca que, tal como evidencia la práctica, es susceptible de notorias mejoras; quizá porque piense que cuando las cosas funcionan, mejor no tocarlas.



REPRESENTACIÓN SINDICAL EN LOS PAISES MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA








La celebración en Roma de un seminario europeo sobre la representación sindical en los países miembros de la Unión Europea, fruto de un proyecto europeo de investigación  coordinado por la CGIL y en concreto por Carmen La Macchia en el steering group del mismo, ha permitido intercambiar informaciones y abrir un debate sobre una gran parte de los problemas que se plantean al sindicato en Europa, contemplados desde el marco nacional - estatal de cada país.

 
El seminario, celebrado durante los días 23 y 24 de julio de 2012, ha reunido a representantes académicos y sindicales de once países representativos  de diferentes modelos nacionales sindicales, pertenecientes a distintas culturas políticas y jurídicas. Desde Suecia y Alemania a Reino Unido, Bélgica, Italia, Francia y España, junto con Rumania, Polonia, Bulgaria y Chipre. En una primera parte del seminario, presentado por Stefano Oriani, del gabinete jurídico de la CGIL,  se ha presentado por parte de los exponentes académicos una visión muy sintética de los problemas más importantes del sindicalismo, con especial hincapié sobre la negociación colectiva y la capacidad de acción del sindicato representativo. Las intervenciones de Antoine Lyon – Caen (Francia), Eva Kocher (Alemania), Daniel Blackburn y  Keith Ewing (Gran Bretaña), Andrezj Swiatkowski (Polonia), Alexander Ticlea  (Rumania), Constantinos Kombos  (Chipre) Laura Carlson  (Suecia), Nunzia Castelli y  Antonio Baylos  (España)  y Plamenka Markova (Bulgaria)A continuación han intervenido los representantes de los sindicatos como forma de contrastar las indicaciones llevadas a cabo por los expertos universitarios en una sesión dirigida por Giuseppe Ferraro (Italia).

El debate central ha sido sintetizado por el moderador de la sesión, el profesor Keith Ewing, en torno a varios puntos.  En primer lugar, la constatación de una línea transversal que separa a los países europeos en relación  a la inestabilidad – o estabilidad -  institucional en términos de soluciones ofrecidas a la crisis. En este sentido se ha sugerido la descripción del “estilo” de la intervención de los poderes públicos en una orientación que tiende a preservar o por el contrario a destruir el sistema sindical en el contexto de las “medidas estructurales” adoptadas en la crisis. El desprecio del sistema sindical, como posible salida “natural” de las directrices de la troika, la comisión, el BCE y el FMI, se confronta de manera directa con la legalidad europea  - la Convención Europea de Derechos Humanos y la Carta de derechos Fundamentales - y fundamentalmente con las normas internacionales fijadas en la OIT y su alcance universal predicable de los Convenios 87 y 98 OIT. Las iniciativas de los sindicatos griegos, belgas y españoles, mediante las quejas a la OIT y el Informe de la Misión de Alto Nivel de la OIT que visitó Grecia en agosto de 2011, explicitan esta oposición frontal de la legalidad constitucional nacional e internacional con las medidas económicas y políticas de los gobiernos nacionales adoptadas en el marco de una política de austeridad.

En segundo término, una reflexión sobre la representatividad y los criterios requeridos para fijarla, de origen voluntario o autónomo o bien, por el contrario de proveniencia legal, y su uso o funcionalidad, de promoción del hecho sindical o por el contrario – como sucede emblemáticamente en algunos países del este europeo – como obstáculo a su desarrollo. En ese sentido, la forma de reconocimiento de la representatividad, con criterios rígidos y excluyentes o mediante fórmulas más matizadas, es también muy relevante al respecto. Cómo interpretan los propios sindicatos la representatividad y su relación con la representación de los trabajadores como elemento connatural a la forma – sindicato era por tanto un asunto muy significativo, pero las aportaciones en el debate no han sido muy significativas. Por otra parte, la relación entre la representatividad como regla social – expresión de una “cualidad” de los sindicatos, más que de “cantidad” de los efectivos – con el nivel variable de la tasa de cobertura de la negociación colectiva, no ha obtenido consensos unánimes, de forma que en muchos aspectos (Chipre, Gran Bretaña) se considera la densidad de la negociación colectiva una variable independiente, ligada a otros factores.

Un lugar estelar lo ha ocupado, en este debate, el “retorno a la empresa” que implica la tendencia, muy pronunciada durante la crisis, a la llamada “descentralización” de la negociación colectiva, con importantes variaciones en cuanto a su intensidad y extensión. En ese sentido, cabe apreciar fuertes tensiones hacia la descentralización como práctica emergente reforzada durante la crisis  que se traduce en la ruptura y fragmentación de servicios articulados unitariamente que se desperdigan en empresas separadas que diferencian por tanto a la baja sus condiciones de trabajo, como emblemáticamente ha sucedido con la fragmentación causada por la privatización de servicios públicos en Reino Unido. Pero posiblemente la tendencia más extendida sea la imposición, dentro de las políticas de austeridad, de un cambio de modelo del diseño de la negociación colectiva basado fundamentalmente en la “descentralización”. A través de dos vías, la inaplicación en determinadas materias concretas de su regulación en el convenio sectorial y su sustitución por su regulación por un acuerdo de empresa, que de esta manera deroga formalmente lo previsto en el convenio sectorial. Hay en esta tendencia muchos matices, en razón del mayor o menor control de ese proceso por el sindicalismo representativo – como puede verse en Alemania o en el caso francés, que adelantaron esta perspectiva a la crisis – o por el contrario cuando la norma legal realiza el cambio de diseño en directa confrontación con las prácticas de negociación colectiva que habían llevado a cabo los agentes sociales o que incluso, como en el caso español, habían expresamente explicitado a través de un acuerdo de “encuadramiento” de la estructura de la negociación colectiva, manteniendo un cierto esquema de control de esta tendencia descentralizadora. En Italia, a su vez, el intento de reconducir el precepto legal de la Ley n.148 del 2011 que permitió que la negociación colectiva de empresa pudiera derogar el convenio colectivo nacional y las normas legales y la correlativa relación directa entre la propia presencia sindical en la empresa  y la firma del convenio colectivo del mismo, ha querido ser reconducido mediante un Acuerdo Interprofesional (agosto 2011),  que sin embargo no ha conseguido encuadrar el proceso, plenamente desequilibrado, que ahora espera solamente las decisiones del Tribunal Constitucional.
Esta temática comparte problemática con otros datos que provienen de la práctica negocial de algunos otros países europeos en donde la “descentralización” es la regla.  Es el caso de Polonia o Rumanía, en donde la empresa es la unidad de contratación dominante, y se traía también a colación un proceso paralelo de “descentralización” de tipo geográfico en Bélgica, donde se rompe el ámbito nacional de los convenios sectoriales y se desplaza al ámbito regional valón y flamenco respectivamente.

En todo caso, la descentralización lleva consigo una disminución de los estándares de trabajo y empleo de los trabajadores junto con un descenso tendencial del ámbito de cobertura de la negociación colectiva, al ir perdiendo ésta su referencia al sector o a la rama, y concentrarse en empresas medias y grandes, expulsando de la relación contractual colectiva a la pequeña y mediana empresa. 

A su vez plantea problemas al sindicato en la medida en que los sujetos colectivos en la empresa no coinciden con los que negocian los convenios de sector. Los organismos de representación unitaria y de formación electiva – comités de empresa y delegados de personal – están en gran medida  “sindicalizados” en el sentido que su composición es predominantemente sindical,  y por tanto tienen una directa “influencia” sobre ellos, pero es evidente la capacidad de decisión autónoma  de estos organismos y  el riesgo más que seguro de ser presionados por la empresa en especial sobre la base de las presiones sobre el mantenimiento o la destrucción de empleo. En ese mismo sentido en algunas realidades nacionales, como Bulgaria, emergen formas alternativas de organizar el interés colectivo de los trabajadores en la empresa diferentes – y en ocasiones en conflicto – de la forma sindical.

viernes, 20 de julio de 2012

19-J: CLAMOR POPULAR CONTRA LOS RECORTES




Los dirigentes del Partido Popular y sus exponentes en el gobierno demuestran, a cada día que pasa, que para ellos la democracia y sus repercusiones en términos de derechos ciudadanos, son circunstancias prescindibles ante la crisis y la necesidad de salir de ella. La democracia no es ya una precondición de la acción de gobierno, sino un bien contingente al que solo se acude cuando las condiciones económicas auguran tiempos de bonanza. En esta crisis nuestros gobernantes - con el auxilio permanente del asociacionismo empresarial - ignoran conscientemente las formas democráticas, eluden el debate parlamentario, entienden que habrá "protestas" pero no una movilización social suficiente para hacer cambiar su hoja de ruta.

Contrariando estos propósitos, el 19 de julio ha sido un día de inmensas movilizaciones en forma de manifestaciones en 80 ciudades del país. La manfestación de Madrid ha sido impresionante y ha juntado a cientos de miles de personas. Pero también en Barcelona, en las capitales de provincia, en Bilbao y Valencia, en toda Castilla -La Mancha, y así sin parar hasta los 80 lugares en donde se habría seleccionado por los sindicatos realizar una manifestación.

El gobierno tiene mucho miedo a la participación de los ciudadanos. Por eso simbólicamente rodea el Parlamento de barricadas que impiden el paso delante el Congreso, considerando al pueblo un enemigo portencial del gobierno. Se niega a recibir a los mineros cuando éstos venían acompañados por una impresionante cantidad de trabajadoras y trabajadores que habían salido a la calle a solidarizarse con la minería del carbón. Y ya había adelantado que las movilizaciones populares no les harían cambiar de opinión, porque el gobierno entiende, confundiéndose, que la apertura de un proceso de diálogo social sobre esta materia constituye un acto de debilidad rechazable.

Sin embargo, las manifestaciones de hoy demuestran en primer lugar que la ciudadanía se ha rebelado contra el plan del gobierno, que no soporta las infinitas agresiones sobre la relación de trabajo y la cobertura social que se han ido fraguando desde noviembre de 2011. Además, que es un movimiento que requiere salidas políticas inmediatas. La principal, la que están avanzando los sindicatos CCOO y UGT, la de exigir la convocatoria de un referéndum para que los españoles puedan manifestar su opinión sobre las medidas del gobierno que no habían sido ni propuestas en el programa electoral del PP ni se corresponden con la idea de Estado Social a la que se debe someter el poder público según la Constitución ni, en fin, son compatibles con las garantías jurídicas y políticas que deben guardarse ante la actuación coordinada del gobierno decidida a erradicar al sindicato y a sus márgenes de poder normativo.

Las movilizaciones van a continuar, tanto las grandes como las de la tarde y noche de hoy, como las más restringidas y algo espontáneas de concentraciones, encierros, escraches y saltos en las calles. En septiembre posiblemente tengamos una nueva convocatoria de huelga general como expresión de disenso político radical con el programa antisocial y antiobrero de Mariano Rajoy. La convergencia de figuras sindicales que mantienen posiciones ideológicas confrontadas, la presencia en la convocatoria de asociaciones profesionales de todo tipo, desde autónomos a futbolistas, como la espectacular coincidencia de todas las asociaciones judiciales en la protesta, incluida la APM, significan que la amplitud del rechazo es inmenso. No sólo, aunque de manera muy señalada en esta ocasión, en el empleo público. No hay que esperar a que se ponga en marcha un nuevo ciclo electoral. Hay que exigir desde ahora un cambio de política, una decidida sumisión de la misma al principio democrático y participativo, el respeto a los derechos sociales y laborales que no pueden ser considerados como costes de producción que hay que reducir a cualquier precio.

La lucha es larga y continua. Pero se incorporan a la misma cada vez más personas día a día. Seguiremos este proceso. Permanezcan atentos a la página.

Y no dejen de leer el post luminoso del blog hermano Metiendo bulla, El pulso de la calle

jueves, 19 de julio de 2012

HABLANDO SOBRE EL SINDICATO




En el blog hermano de Mikel Urrutikoetxea, "Derecho y trabajo en tiempo de crisis", se da noticia del libro "¿Para qué sirve un sindicato?. Instrucciones de uso", (Ediciones La Catarata, Madrid, 2010), y se hacen algunas apreciaciones sobre su contenido.En el momento actual, en donde la respuesta ciudadana y colectiva a la exapseración antidemocrática en la que estamos inmersos por obra del gobierno, reposa en buena medida en la movilización impulsada principalmente por los sindicatos, reflexionar o debatir sobre esta figura social, es muy importante. A continuación se trasladan pues las que ha realizado nuestro amigo.

Su lectura nos ha sugerido ciertas reflexiones, no divergentes a lo escrito por Baylos sino complementarias, sobre este tema que exponemos a continuación,

1)      ¿Para qué sirven los sindicatos?
La respuesta inmediata es simple y, sin embargo, cierta: para defender a los trabajadores. Si no existieran habría que inventarlos, pues la realidad sería peor sin ellos.
El propio término sindicato remite a sindico, que sugiere la idea de protección o defensa (todavía así en nuestro derecho) y a  comunidad. La defensa de los intereses de los trabajadores por su unión, presente también en la terminología inglesa, Trade Unions, es lo que caracteriza al sindicato.
Esto es claro con respecto a los intereses directos de los trabajadores, pero también desde una perspectiva global de toda la sociedad, y aún más en estos tiempos de crisis. Hay escalones que es fácil descender y que, sin embargo, es muy difícil subirlos de nuevo. Frente a tanta presión de medios financieros y económicos y de una gran parte de los medios de comunicación,  los sindicatos suponen una de las pocas barreras a tanta glosa por el descenso de las condiciones de las condiciones sociales, descenso que tendría desastrosas consecuencias sociales, pero también económicas. La propia crisis actual evidencia que las grandes compañías financieras  se equivocan y que las consecuencias son funestas para todos. Frente a sus “soluciones”, que reivindican allanar y recortar los derechos sociales y laborales, la posición sindical de defender al máximo esos derechos parece un oasis de sensatez ante tanto desatino. Ellos siempre castigan la crisis en cabeza ajena, en la nuestra. Sin los sindicatos la ideología neoliberal dominante en Europa arrasaría con su política de tierra quemada y austeridad para el pueblo, mientras nos endeudan para sufragar sus chiringuitos financieros

2)      ¿Qué es  un sindicato?
Un sindicato es una asociación particular, mejor dicho, voluntaria de trabajadores. Por ahí se aleja de otras formas asociativas profesionales como gremios y colegios. Ahora bien, por naturaleza todo sindicato pretende representar y defender a todo el colectivo de referencia, sea este un grupo particular de trabajadores, sea la totalidad de los mismos. De este contraste, ser una asociación particular con fines generales, nace tanto la pluralidad de opciones (el sindicato se declina en plural, tal y como gráficamente asevera Antonio Baylos), como la vocación abierta de cada una de ellas, los sindicatos no se limitan a defender a sus sindicados, sino que pretenden abarcar a la totalidad de los trabajadores. Sin un proyecto global, si se limitan defender  a los propios, a los afiliados, no sería un sindicato, sería otra cosa.


3)      ¿A quién representan los sindicatos?
De acuerdo con esa vocación de globalidad que caracteriza a los sindicatos estos tienden a representar a todos los trabajadores. A través de los 3 sistemas de representación (asociativa, electoral y negociadora) los sindicatos representan a la inmensa mayoría de trabajadores. Las criticas de falta de representación de los desempleados son interesadas, responden al dogma liberal de cuanto peor, mejor (cuantos menos derechos, más empleo) inverificable, incierto y engañoso.
¿Acaso se está abogando por la asociación de desempleados al margen del sindicato, la asamblea de parados[1]? No, se reivindica la ausencia sindical, la menor defensa para que las condiciones de empleo sean  más baratas.
Es cierto que la afiliación de los parados y también de los precarios es menor[2]. Pero eso no significa que tal representación no exista o que no deba existir. No responde a una renuncia ni a una querencia del Sindicato.

4)     ¿Qué riesgos padecen los sindicatos?
 Nada es inocuo, todo conlleva riesgos, en tanto que es imposible eliminar y a menudo prever las consecuencias no queridas de las propias acciones. Hablamos de riesgos o peligros, no de caminos intransitables o prohibidos. En concreto, las opciones organizativas conllevan unos riesgos o disfuncionalidades que es necesario ponderar y sopesar. Distinguimos una serie de ellos, tratados todos ya por Antonio Baylos, como son los derivados de la institucionalización, la representación “política” y los propios de la financiación.

5)     Así, la institucionalización, la participación institucional por parte del sindicato, puede generar burocratización e integración en el aparato de poder. La corriente anarquista siempre ha expresado una gran reluctancia a la participación institucional y a la concertación social. Sindicatos tradicionales han desarrollado una posición muy crítica sobre estos aspectos. ELA-STV, por ejemplo, ha pasado de generar en gran medida esos sistemas de concertación social (consejo de relaciones laborales, Preco, etc.), dada su posición dominante en el mapa sindical vasco, a una posición muy crítica al respecto.
El poder mancha, contamina y corrompe. Su proximidad adocena a las personas más contestatarias y rebeldes, pero recordando a Sartre si el poder está ahí, entre el fango y la sangre, ¿es posible tocarlo siquiera sin mancharse las manos?
La estampida del Presidente del Consejo del Poder judicial o la situación procesal del ex­-presidente de la CEOE, ilustran bien la dimensión individual de esa contaminación y podredumbre. Pero también se percibe una vertiente colectiva de sufragar gastos de organizaciones, de intercambios de favores entre poderes, etc. (Gurtel, cajas,…)
En cualquier caso, sin negar estos peligros se debe subrayar que el nivel de integración en el poder de los sindicatos es escaso comparado con el de los partidos políticos y para evidenciarlo basta con constatar que el mapa sindical está menos a la derecha que el de los partidos políticos. El poder no sólo corrompe, también potencia las posiciones conservadoras y reaccionarias.


6)      El modelo de representatividad basada en elecciones sindicales conlleva diversos riesgos. Ab intra, la representatividad aproxima al modelo político de partidos y desconecta al sindicato del modelo de afiliación. ¿La baja afiliación está conectada con esta representación institucional derivada de las elecciones sindicales? Antonio niega la mayor, no existe escasa afiliación o al menos la tasa de afiliación está subiendo. Tal vez, pero sí parece existir una densidad sindical  menor que en otros países europeos[3]. Quizás eso se explique en parte porque allá donde las tasas de afiliación son muy altas los sindicatos poseen una funcionalidad protectora desconocida aquí (Sistema Ghent de gestión del seguro de desempleo, por ejemplo). Es posible que ciertos rasgos del sistema jurídico español no presionen a favor de la afiliación, como la prohibición del closed shop o la aplicación de los convenios a todos los implicados en el ámbito de negociación (por el principio de no discriminación). Palomeque (2010) estima que la muy elevada audiencia electoral de los sindicatos, corrige de modo decidido,…, las consecuencias negativas de una, con certeza, baja tasa de afiliación de los sindicatos españoles[4]. Es cierto, pero es difícil discernir hasta qué punto la representatividad electoral sólo complementa la representación asociativa o, además, perpetúa la escasez de la afiliación.
En cualquier caso, el modelo político de representación posee una gran fuerza sobre el asociativo: da más libertad a los representantes, posee un halo público, conlleva una idea de pluralidad y democracia,…Por todo ello no es difícil entender que presiona al modelo asociativo, que sin embargo, es el definitorio para el sindicato: Pueden existir sindicatos sin participación electoral y sin representatividad (CNT), pero no que renuncien a la afiliación.
  
7)      En cualquier caso para entender el modelo se debe tener en cuenta la historia sindical donde los sindicatos clandestinos fueron capaces de amortiguar y casi de implosionar el sindicato vertical. A diferencia de la política y a pesar de la afiliación obligatoria y de los medios con que contaba no hay grandes rastros de aquel sindicato vertical en el actual  espectro sindical. En aquel contexto sindical las  elecciones sindicales sirvieron para generar cuadros, posibilitar alternativas a lo oficial y para mantener una mínima organización. Además se generó una tendencia de organización entorno a los organismos unitarios de empresa (comités y delegados). De alguna forma la representatividad conjuga la libertad sindical con esa historia

 8)      Pero, a lo crudo, ad extra ¿esa representatividad da ventaja a los sindicatos mayoritarios? Tal vez[5]. La representatividad irradiada les permite llegar a lugares donde carecen de afiliación y montar una estructura o influir en la negociación colectiva. Pero, como evidencia el propio mapa sindical del País Vasco no impide otras mayorías, ni les dota de representación allá donde no la tienen[6]. Por otro lado, el criterio de la representatividad electoral cumple con eficacia a la hora de suministrar una pauta para la vertiente institucional, que no social, del sindicato.
Tienen razón Antonio cuando afirma con contundencia que la situación sindical es diferente de la política, no hay alternativas entre opciones. No existe un Pacto de El Pardo que haya instituido los turnos en el gobierno. Estamos ante una diarquía, ante una situación de cuasimonopolio pactado. Pero, ¿la situación sería radicalmente distinta de medirse la representatividad sindical de otra manera? Por ejemplo, ¿a través de afiliación sindical? Nosotros sospechamos que en lo sustancial los datos serían muy similares.
Es posible que su diseño prime a ciertos sindicatos en el ámbito de la pura negociación colectiva (a través de la irradiación de la representatividad y de la mayor representación). Quizás fuera deseable que la representatividad se complementase con otros datos, referidos, por ejemplo, a la afiliación. O se podría descender el rigorismo para alcanzar la categoría de sindicato representativo de comunidad autónoma (15% y un mínimo de 1500 representantes son demasiados en comunidades, como Navarra[7], uniprovinciales y sin demasiada población)


9)      La financiación es otro riesgo, sobre toda aquella cuya función a priori no es la financiación sino otra. No corregimos nada de lo afirmado por Baylos sobre la escasez de la financiación directa y sobre el carácter formativo de las acciones entorno al sindicato que generan mayor trasiego de dinero. Con todo, no es difícil  que se susciten dudas, alentadas por una línea mediática antisindical, sobre una cierta función oculta de financiación de los sindicatos y aún más de las patronales (dato que esos medios silencian). La mejor solución seria la luminosidad, cuentas claras y una financiación de los sindicatos privada y pública cristalina

10)  Para finalizar, sería deseable una evaluación de cómo ha funcionado esta política de concertación y participación institucional, ¿Qué frutos ha dado?, ¿qué consecuencias ha generado? Una especie de historia o balance de la política sindical de los últimos años que bien pudiera efectuarla Antonio Baylos. Ahí queda el envite

Y no olviden, amigas y amigos, que el 19 de julio están convocadas manifestaciones en 80 ciudades españolas para rechazar las últimas medidas del gobierno que recortan salvajemente derechos laborales y sociales. ¡Hay que pararles!








[1] Recuérdese que el art 3.1 de la LOLS prohíbe los sindicatos específicos de parados y de otras categorías concretas de trabajadores (jubilados, incapacitados, etc)
[2] Como se constata en el informe Holm-Detlev K y Calleja, J. P. (2011): (“Los determinantes de la afiliación sindical en España”, Observatorio Confederal de Afiliación, 36.58  los colectivos de reciente incorporación al mercado laboral están infrarrepresentados en los sindicatos. Así, por ejemplo los trabajadores temporales tienen una afiliación menor en un 50% que los que poseen contrato indefinido. Más escasa aún es la afiliación de los extranjeros (7,5%) o de los jóvenes (menor de un 8%)
[3] La tasa de densidad de la afiliación sindical es bastante baja en el contexto europeo, entre un 20 y un 29%, mientras que la mayoría de los países europeos poseen tasas bastante más  altas. European Foundation for the Improvement of Living and Working Conditions (2009): Trade union membership 2003–2008

[4] Palomeque, C. (2010): “Una caracterización del sistema sindical español (2010) en blog del autor http://manuelcarlospalomeque.blogspot.com.es/2011/02/una-caracterizacion-del-sistema.html

[5] De hecho las Leyes 11/1994, de 19 de mayo, y 18/1994, de 30 de junio, que mo­­dificaron las normas electorales para la representación de los trabajadores asalariados y funcionarios y que dotaron al sistema de algunos de sus rasgos actuales, fueron objeto de previo acuerdo con UGT y CCOO.
[6] Según el Eustat a 31.12.2012 los resultados de  las elecciones sindicales daban el siguiente mapa sindical (se han excluido las opciones con menos de un 5% de representación): UGT 12,4 %, LAB 17,3%, COO 19,9% y ELA-STV 39,8%.
[7] La representación de los elecciones sindicales en Navarra mantiene una cierta estabilidad donde UGT obtiene casi un 30%, CCOO entorno al 25, ELA-STV el 21 y LAB el 13%.

martes, 17 de julio de 2012

LA CRISIS ACTUAL Y EL FUTURO DE LA DEMOCRACIA COMO IDEA SOCIALISTA.


Acaba de publicarse en Insight un interesante trabajo de Tarso Genro, gobernador de Rio Grande do Sul y un competente intelectual de izquierda del PT brasileño, que lleva por título La crisis actual y el futuro de la democracia como idea socialista, que se puede leer en su lengua original, el portugués, en A crise atual e o futuro da democracia como ideia socialista.  El texto ha interesado a sectores de la izquierda española y nuestro amigo y apreciado colaborador de la blogosfera de Parapanda, Giuliano el Apóstata (ma non troppo), ha procedido a su traducción. El texto tiene catorce páginas, de forma que de momento sólo publicamos las cinco primeras, como aperitivo de una posterior  - o posteriores - entrega  con el resto. Creemos que se trata de una propuesta interesante para el debate.


LA CRISIS ACTUAL Y EL FUTURO DE LA DEMOCRACIA COMO IDEA SOCIALISTA.
        Tarso Genro
        Para entender tanto la crisis del sistema financiero global, iniciada en 2008, como sus consecuencias sobre los sistemas democráticos del mundo, es recomendable una reflexión más humilde y modesta que las promovidas desde el ímpetu que anuncia una crisis final del sistema capitalista. La izquierda que se limita a pensar el mundo conforme a las categorias usadas antes del final del socialismo real debe ir más allá de los análisis que apuntaban las disyuntivas clásicas: transición pacífica o ruptura, reforma o revolución, socialdemocracia o socialismo proletário, teoria de la dependencia o revoluciones nacionales democráticas, en aquel período, con apoyo soviético.
        La contra-revolución (o contra-reforma ) neoliberal, iniciada en los años setenta, además de haber resultado victoriosa, ha obtenido una ventaja estratégica adicional: agudizar “una tensión entre democracia y capitalismo resultante, por un lado, del carácter expansivo de la democracia que, en su inicio, excluía a las mujeres y también a los trabajadores del juego democrático (.....) y, por otro lado, la relativa inflexibilidad del capitalismo (...) que permitía concesiones que no amenazasen su reproducción ampliada de largo plazo.[[1]] La situacion creada demuestra que la cuestión democrática pasa a cobrar su vigencia en un plano superior y el ataque al tipo de Estado que puede garantizar la democracia política deriva de la contra-revolución neoliberal.
Sugiero que pensemos la defensa de la democracia hoy, no a partir de la teoria de la lucha de clases en el terreno económico-social, sino a partir del conflicto de clases que se expresa entre subjetividades emancipatorias democráticas, de un lado, y, de otro, tentaciones autoritarias de derecha, cuyos agentes ya están construyendo formas de gobernar intentando hacer viable una salida a la crisis dentro de los moldes neoliberales.
Es más el momento del “18 de Brumario” que el de la “Ideología alemana”. Las tentaciones de derecha ya están configuradas en la oposición extrema ( presente en el escenario político europeo ), entre democracia política y una nueva especie de fascismo que emerge en la sociedad civil, que se aproxima al control del Estado. Ello combina rentismo, control mediático y autoritarismo de los Ejecutivos.
Pensemos en la necesidad de una humilde reflexión: las crisis han provocado menos avances em el contrato social europeo generando más retrocesos en este contrato, con independencia del resultado derivado de la realización de elecciones políticas em lós países de democracias consolidadas. La petición de humildad parte del reconocimiento de que “estamos en una Unión Europea en la que la ‘crisis es sistémica’, luego la contaminación es general y la respuesta debe ser de todos, aunque se exprese de formas diferentes según las culturas o las realidades sociales (...)”[[2]]. La advertencia se hace doblemente importante si consideramos que las pautas de las salidas de las crisis, a través de procesos democráticos legítimos, son dictadas por los propios promotores de la crisis.
        Pensemos en la necesidad de una reflexión más modesta, reconociendo los límites de las interpretaciones economicistas del capitalismo, e interponiendo, en la reflexión, nuevos elementos para analizar. Hagámoslo a partir de desafíos que amplíen los horizontes más allá de las disyuntivas ya señaladas, para lidiar con categorias no testadas hasta el momento. El objetivo: dar “sentido” a una nueva revolución democrática, que transite desde las premisas de  1789 a la efectividad de los derechos políticos y sociales por los que se combatió en mayo de 1969, en la primavera de Praga y en la primavera árabe. Esta puede transformarse rápidamente por citar a John Steinbeck, en el otoño de nuestra desesperación.

Se trata, por lo tanto, de enfrentar en el terreno de la política, el capitalismo “financiarizado” actual y considerar las posibilidades del “constitucionalismo transformador” (Boaventura), del nuevo “capital cultural” del sur y la capacidad de liberarnos de la “violencia simbólica” del sistema actual (Bordieu). Es el propósito de dar fuerza a las luchas, ya en curso, contra la “colonización” de la política por  los “media” neoliberales y, principalmente para activar a partir de los partidos de izquierda y de las políticas de estado, las capacidades ya demostradas por el pueblo- particularmente el latinoamericano- de incitar nuevas prácticas, por dentro y fuera de los gobiernos de izquierda, antineoliberales.
Con este objetivo, las luchas en torno a la cuestión democrática no pueden operar, exclusivamente, con las posibilidades inscritas en las constituciones formales. Ni con las determinaciones puras de la economia. Y no pueden limitarse, cuando la izquierda asume gobiernos, apenas a las generalidades de las políticas de “inclusión social”. La construcción de una subjetividad democrática común solo se consigue mediante la combinación de las luchas sociales con acciones de gobierno que, mediante sus respuestas, disuelvan las barreras que separan el estado del ciudadano común.
El rescate de los valores políticos y morales del socialismo, tales como la igualdad, la solidaridad, la liberación de las opresiones y de los prejuicios es hoy también una lucha por la superación de la dominación mediática y de la violencia implícita ( presente en la cultura de la sociedad de mercado ), es lo que puede dar “sentido” a un nuevo proyecto democrático, de sociedades “conscientemente orientadas”, dentro de la democracia y de la república.
        No es irrelevante, para analizar las democracias actuales y pensar en su futuro, constatar que la expansión del dominio del capital financiero globalizado viene acompañada por la implantación de regímenes con democracia política, con un cierto grado de constitucionalización de derechos.  Luego está en disputa el sentido que un régimen democrático formal imprime a la vida común, pues lo que está en juego es el “contenido posible” del proyecto político moderno, no tanto su forma.
Las actuales inflexiones autoritarias de los regímenes democráticos son, al mismo tiempo, mediaciones para la compatibilización de la democracia con la tutela del capital financiero y por tanto mediaciones para reducir las resistencias populares a la eliminación de la protección social. Pero los regímenes actuales son, principalmente, decadencias destructivas de los Estados de Derecho democráticos y de las conquistas de la social-democracia. Ello implica una vieja ironia: la destrucción de los aparatos institucionales de control y aseguramiento de derechos, en el propio mercado ( incluso contra los intereses inmediatos de la mayoría de los capitalistas “internos” ) es promovida por la propia burguesia mundial, unificada en la tutela del capital financiero.
El positivismo-naturalista, que estuvo presente en la version del marxismo de la “Academia de Ciencias de la URSS”, siempre presentó uma version del capitalismo como una especie de secuencia “natural-fatal” de la Historia, cuya sucesión, también “natural-fatal”, sería el socialismo. Por ello, cuando he hablado de “modestia”, me refiero a que, históricamente, tanto los socialistas-marxistas como los socialdemocratas de izquierda nunca dieron relevancia a la formulación de una auténtica Teoria del Estado y del Derecho que no fuese apenas una réplica economicista de las tesis del iluminismo.
De igual modo, el capitalismo dejó de ser abordado como una auténtica “civilización”[[3]] con una enorme “riqueza de sentidos”, incluso portador de capacidad de “expropriar” la subjetividad obrera y transformarla. En esta expropiación, la clase obrera deja, históricamente, de ser una presunta clase-sujeto de la revolución, para afirmarse en la vida real como clase contratada por el orden, pero cuya preservación de los derechos conquistados depende del mantenimiento de la democracia política. Este contrato, al mismo tiempo que la ha mantenido como clase relativamente pacifica e integrante del orden, en las llamadas sociedades de “clases medias”, también la hace sujeto “llave” de la “nueva  revolución democrática”, ya que sin ella es imposible construir uma salida para el desorden neoliberal, que precisa avanzar sobre los derechos de los trabajadores para viabilizarse.
La defensa de la democracia amenazada por el desorden neoliberal es el único terreno que puede sostener una ofensiva para la constitución de otro orden democrático efectivo. Un orden que controle la aparente espontaneidad del capital y lo domine, fuera de las instancias financieras autónomas, es decir, dominio por la expresión política de la sociedad civil, para que ella ejerza el control sobre los bancos centrales y sobre la distribución del dinero emitido. 

(À suivre)


{[1]] SANTOS, Boaventura de Sousa. “Refundación del Estado em América Latina – perspectivas desde uma epistemologia del Sul”. Quito (Ecuador): 2010, Ed. Abya-Yala, pp. 81/82.

[[2]] CARVALHO, Manuel. “A crise: conhecer para romper com as inevitabilidades”. Cópia fornecida pelo autor.
[[3]] COMPARATO, Fábio Konder. “Capitalismo: civilização e poder”. Cópia fornecida pelo autor.