viernes, 3 de agosto de 2012

LECTURAS DEL VERANO: REVISTA DE DERECHO SOCIAL Nº 58








El verano aconseja la lectura. Literaria o especializada, posiblemente lo mejor es mezclar todas. Sin imitar a don Lluis Casas y por tanto sin estar a la sombra de un pino, en el blog se da entrada a las recomendaciones sobre las lecturas provechosas en este airado verano del 2012 que precede un extenso otoño del descontento y e la indignación. Ahí va la primera.
 
Antes de partir de vacaciones, se ha entregado a los suscriptores de la Revista de Derecho Social el número 58, correspondiente a abril – junio de 2012. Se trata como es habitual de un número fuertemente enraizado en la actualidad de las reformas laborales que acompañan a la crisis, y en el que se pasa revista asimismo a tendencias interpretativas de la jurisprudencia, en ambos casos en una perspectiva crítica.

El número 58 se abre con un editorial cuyo enunciado es bastante explícito: “Con el agua al cuello: la crisis interminable y sus significados”, en el que se alude  a una buena parte de las tendencias regulativas en la crisis definidas a su vez como crisis de los instrumentos, de los procesos y de las realidades sobre las que se basa la regulación de las relaciones de trabajo y que desembocan en una verdadera y profunda crisis de la democracia. En relación con este tema objeto del editorial, se incorporan al debate dos intervenciones que contextualizan esta aproximación crítica a las políticas subyacentes a las reformas. En el primer texto, Francisco Gualda, relaciona las reformas económicas, los recortes sociales y la reforma laboral, para negar que exista por parte del gobierno una verdadera política de empleo. En el segundo, Rodolfo Benito insiste en un hecho que se niega continuamente por los responsables políticos y los medios de comunicación cuando abordan el tema de la crisis. Y es que existen márgenes amplios para realizar otra política tanto en la Unión Europea como en España que no lleve consigo los márgenes de sufrimiento social y de reversión democrática de las últimas reformas.

La sección de estudios presenta, como es habitual, una gran diversidad en sus contenidos, aunque muchos de ellos se inserten en el análisis crítico de las normas que se están produciendo en nuestro país, a veces de forma vertiginosa mediante un aluvión de preceptos en donde el posterior modifica sustancialmente las líneas maestras del primero. El primer texto es de Umberto Romagnoli y precisamente se titula “El derecho del trabajo ante la crisis”. Como todos los trabajos de Romagnoli, se trata de una pieza de análisis y de reflexión muy profunda y sugerente, que se presentó en la sesión de apertura del I Congreso Economía, Trabajo y Sociedad, organizado por la Fundación 1 de mayo en Madrid, los días 21 y 22 de junio de 2012. En él Romagnoli no solo traza los itinerarios del derecho del trabajo reciente, y subraya la pérdida de democraticidad que acarrean las últimas reformas, sino que se centra en el papel de los juristas del trabajo en esta tesitura, en su contribución en esta crisis y “más allá”. Se trata, obvio es recalcarlo, de un texto para leer y estudiar despacio.

A continuación se presentan cinco estudios de temáticas diferentes. Sofía Olarte, catedrática en Granada, se dedica a analizar el papel de los interlocutores sociales y sus posiciones respectivas en el marco de la reforma de la negociación colectiva de junio de 2011, lo que requerirá posiblemente una reformulación de las conclusiones presentes en el texto a la luz del nuevo sesgo reformista a partir del RDL 3/2012 y la posterior Ley 3/2012. También en relación con las modificaciones legislativas, Daniel Toscani, de la Universidad de Valencia, examina el nuevo régimen jurídico del cambio de centro de trabajo, la llamada movilidad geográfica “fuerte” y “débil”. 

Los otros tres “estudios” tienen temáticas relativamente diferenciadas, puesto que es típico de la Revista proceder a abrir el abanico de los temas abordados en este apartado. En el primer caso, Ana Maria Romero, de la Universidad de Lleida, examina un tema muy polémico, el de la indumentaria de trabajo, el derecho a la propia imagen del trabajador y las exigencias del poder de dirección del empleador, bajo la óptica de los derechos fundamentales.  La profesora de derecho penal de la Universidad de Cádiz, Gloria González, analiza la vertiente penal de las transgresiones del trabajo de los menores de edad, integrando las carencias normativas penales del ordenamiento interno español con normas internacionales y europeas. Por último, dos psicólogos sociales, Adela Reig-Botella y Miguel Clemente, de la Universidad de Coruña, reflexionan sobre los principales trastornos psicopatológicos como causa de incapacidad laboral.

La sección de jurisprudencia se articula en torno a las decisiones del Tribunal de Justicia Europeo (en algunos casos, cada vez más interesantes por lo demás, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos), del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. En el primer escalón, Olga Fotinopoulou, conocida especialista en las relaciones laborales de la gente del mar y profesora de  EHU/UPV, examina una sentencia del TJ – y en general la doctrina por él elaborada – sobre el contrato de embarque y el problema clásico de Derecho Internacional de la ley aplicable al mismo. En los comentarios a la doctrina del Tribunal Constitucional, Juan López Gandía y Maria José Romero, de las universidades politécnica de Valencia y de la UCLM, se examinan una serie de sentencias que constituyen líneas doctrinales del TC sobre la revisión de la incapacidad permanente. Por último, Jaime Cabeza y Belén Fernández Docampo, ambos de la Universidad de Vigo, someten a una juiciosa crítica a la línea mantenida por el Tribunal Supremo respecto de la reducción de jornada.  El comentario tiene un título muy explícito respecto de sus contenidos: “Reducción de jornada por el ordeno y mando”, y en él de nuevo la influencia de la reforma laboral es especialmente negativa. 

Helena Ysás, de la Universidad Autónoma de Barcelona,  explica en la sección de negociación colectiva y conflictos, el nuevo régimen de representación electiva en la empresa y la negociación colectiva en este nivel y en el del establecimiento, por obra de las últimas reformas producidas en Francia especialmente en el lapso de tiempo entre 2004 y 2008.

La revista cierra con una sección de comentario de libros en el que, como es norma de la revista, se examinan  con brevedad y concisión algunos libros recién aparecidos en el mercado español o en lengua castellana - salvo excepciones- que el equipo editorial estima que puede ser interesante su conocimiento.                             

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Profesor, ¿sería mucho pedir que editara usted en este blog el trabajo de don Umberto Romagnoli que cita? Desde Maracena, Custodio de las Heras.

Simon Muntaner dijo...

Amigo, estoy seguro que el profesor Baylos examinará con agrado su petición en cuanto pueda hacer un hueco en su extensa agenda de ocio.
Un saludo del amanuense del profesor, Simó Muntaner

Simon Muntaner dijo...

Amigo, estoy seguro que el profesor Baylos examinará con agrado su petición en cuanto pueda hacer un hueco en su extensa agenda de ocio.
Un saludo del amanuense del profesor, Simó Muntaner