viernes, 3 de enero de 2014

ARTISTAS Y TAURINOS: PROBLEMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL










Artistas y taurinos son dos colectivos muy diferentes, pero plantean problemas semejantes en torno a la protección social. Estos problemas derivan de las características de los artistas como grupo profesional cuyo trabajo es esencialmente temporal, definido de la manera más amplia posible por la regulación normativa de su relación laboral calificada de carácter especial, lo que conlleva un carácter oscilante de sus ingresos, en muchas ocasiones un cambio continuo de localización geográfica de su actividad – el nomadismo de los artistas – y se trata de un colectivo muy heterogéneo, tanto en cuanto a la posición que ocupan en el desenvolvimiento concreto del trabajo artístico como en lo referente a la forma de ejercicio de la profesión y la centralidad del “espectáculo” como eje de la actividad. También es relevante la dificultad en la determinación de la posición empresarial, porque no sólo puede lindar con las fronteras esquivas del trabajo autónomo, sino que frecuentemente hay una disociación de las posiciones del empresario real y organizador del espectáculo, y la frecuencia con la que se puede dar en este colectivo figuras de prestación de servicios a través de un grupo de trabajadores como el contrato de grupo o el auxiliar asociado, entre otras. 

Es evidente que estas peculiaridades, confrontadas con un sistema de seguridad social fundado en la relación salarial clásica, han exigido una regulación específica, para cuya extensión y perfeccionamiento han presionado la representación colectiva de los actores, organizados en sindicatos gremiales, pero no hostiles al sindicalismo confederal. Por su parte, los espectáculos taurinos han compartido muchos de las especialidades que caracterizan al trabajo de los artistas y también su posición difícil en materia de protección social.  

Sin embargo la mirada del gobierno sobre ambos colectivos es muy diferente. Los artistas han manifestado como grupo profesional y como individuos una actitud de resistencia frente a las actitudes más agresivas del poder económico y político, que se traduce en un pacifismo activo, la defensa de los derechos humanos y el rechazo de las políticas neoliberales. El gobierno del Partido Popular ha percibido siempre a las gentes de la cultura como enemigos, perseverando en una línea política que hunde sus raíces en el franquismo. Consecuentes con su sectarismo y la voluntad de excluir el disenso de su acción de gobierno, arte, cine y cultura han sido castigados de forma sistemática con el pretexto de que no son actividades productivas, que por consiguiente son superfluas y además de mala calidad, como afirmó en su momento respecto del cine el ministro Montoro. Como señala Luis García Montero en su columna de Público Violencia contra la cultura (La realidad y el deseo) “el mundo de la cultura protagonizó el No a la guerra en los meses finales del gobierno de José María Aznar. La derecha española prefirió no hacer autocrítica por su intervención en la salvaje destrucción de Irak y por el escándalo de la manipulación informativa de los atentados de Atocha. Decidió culpabilizar de su derrota a los actores y al mundo de la cultura en general. Empezó de inmediato una campaña de descrédito, extendiendo calumnias sobre las subvenciones, los estómagos agradecidos y el pesebre de la izquierda. En España se invierte dinero público en sostener a los partidos políticos, a los medios de comunicación, a los bancos, a la agricultura, a los empresarios, a la industria del automóvil, a la Iglesia Católica…Y cuando el PP volvió al gobierno se pasó de la calumnia a los hechos con una persecución económica implacable. Algo muy parecido buscaron también las calumnias sobre la profesionalidad de los maestros y los médicos para acabar con la educación y la sanidad pública…”

Por el contrario, el toreo ha sido bendecido por el poder público en el nivel estatal, que lo ha utilizado contra el movimiento abolicionista de las corridas de toros que ha arraigado en algunos movimientos sociales y que se ha plasmado en Catalunya.  Transmutada la antaño denominada “fiesta nacional” en  “tauromaquia”, considerada una manifestación artística y cultural por la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia  que la define como “patrimonio cultural español”, todos son beneplácitos para ella. Hace escasos días se ha fallado el Premio Nacional de Tauromaquia, que se ha dado a un matador retirado, cuya cuantía de 30.000 euros, es superior en un tercio a la suma que remunera el Premio Nacional de Literatura, indicando así el valor que para la cosa pública revista una y otra actividad, la creación literaria y la lidia de toros. Sin embargo esta preferencia por el toreo y la cría del toro no se ha manifestado en una mayor protección social para quienes trabajan en este sector. La Ley 18/2013 en efecto no ha establecido ninguna disposición sobre la prestación laboral en estos “espectáculos taurinos”, más allá de afirmar la “unidad de mercado, la responsabilidad social y la libertad de empresa” en el ámbito de esta “expresión relevante de la cultura del pueblo español”. No considera el trabajo, solo el esplendor de la fiesta y la opulencia de la empresa. 

Sobre esta problemática ha escrito un libro la profesora de la UCLM, Elena Desdentado Daroca. Se trata de un tema casi desconocido por la doctrina científica española. En el libro, la autora se dedica al examen y desarrollo de los aspectos mencionados, tomando a los artistas como eje principal de su exposición. De esta manera aborda al comienzo los problemas generales que plantea la protección social de los artistas en espectáculos públicos, para a continuación  proceder a una valoración crítica del tipo de protección que se acuerda a estos colectivos, procediendo a desgranar los puntos más importantes de la misma. Entrando ya en los aspectos concretos, se examina el tratamiento de las contingencias profesionales – accidentes de trabajo y enfermedades profesionales – y posteriormente las especialidades en la protección de la incapacidad temporal, la maternidad, paternidad y el cuidado de los menores gravemente enfermos. La protección por desempleo de los artistas y profesionales taurinos, con las especialidades en materia de duración de la prestación, cálculo de su cuantía y los problemas prácticos que plantea la suspensión de la prestación por desempleo ante la reanudación de la actividad, se acompañan de una reflexión crítica sobre el sistema de protección. Las particularidades de la jubilación de los artistas y profesionales taurinos y especialmente los problemas que plantea la incompatibilidad de la pensión con el trabajo constituyen el objeto del penúltimo capítulo. Un último apartado versa sobre la protección del menor de 16 años con y sin autorización para trabajar.

El libro de Elena Desdentado aborda todas estas cuestiones con un análisis exhaustivo de legislación y jurisprudencia con las que es capaz de establecer un diálogo crítico y enunciar algunas proposiciones de reforma. Escrito con claridad y suficiencia, permite conocer un territorio escasamente frecuentado por los estudios de Seguridad Social y fijar la atención del lector sobre la problemática que plantea a efectos de protección social los tipos de prestación laboral alejados del prototipo normativo que la sustenta. Pero además, la mera elección del tema resalta una realidad frecuentemente oculta. Tras la luz de los focos y el estruendo de los aplausos, hay un trabajo que debe ser remunerado y unos sujetos que requieren protección frente a los estados de necesidad, y que por la propia especialidad de la actividad que materialmente prestan, están más expuestos a  riesgos y contingencias frente a los cuales la regulación actual ofrece una tutela todavía deficiente.


LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS ARTISTAS Y DE LOS PROFESIONALES TAURINOS
Elena Desdentado Daroca. Ed. Bomarzo. Albacete, 2013. 108 pp., 14 €.
 




INDICE DEL LIBRO

1. LOS PROBLEMAS GENERALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS ARTISTAS EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.

2. EL RÉGIMEN JURÍDICO GENERAL DE LA ACCIÓN PROTECTORA Y SU APLICACIÓN A ARTISTAS Y TOREROS. UNA VALORACIÓN CRÍTICA.

3. LA COBERTURA DE LAS CONTINGENCIAS PROFESIONALES EN EL TRABAJO ARTÍSTICO Y TAURINO.

4. ESPECIALIDADES EN LA PROTECCIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL, MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CUIDADO DE MENORES GRAVEMENTE ENFERMOS.

5. LA PROTECCIÓN POR DESEMPLEO DE LOS ARTISTAS Y PROFESIONALES TAURINOS.

6. LA JUBILACIÓN DE LOS ARTISTAS Y LOS PROFESIONALES TAURINOS.

7. LA PROTECCIÓN DEL ARTISTA MENOR DE 16 AÑOS CON Y SIN AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA TRABAJAR. 


1 comentario:

Pablo Franco dijo...

sé que este artículo es antiguo ya. Pero tengo que decir que he llegado a él googleando y que la profesora Desdentado Daroca tiene un conocimiento enciclopédico de estas materias. Hoy me ha servido de muchísima ayuda. Desde aquí dejar mi agradecimiento como un humilde abogado que se dedica a estas cosas del artisteo.