miércoles, 30 de abril de 2014

¿DE QUÉ RECUPERACIÓN ECONÓMICA ESTAMOS HABLANDO?




Hay que subvertir el sentido de las palabras buscando los contenidos que encierran. Desde hace demasiado tiempo, la opinión pública y los discursos políticos aceptan como un hecho notorio y consumado - ¿de manera irrevocable? – la incompatibilidad entre un marco económico estable basado en el libre mercado y un nivel digno de derechos laborales, individuales y colectivos. Es decir, se da como un fenómeno que no necesita ser probado, fuera de toda duda, que los derechos derivados del trabajo tienen que ser reducidos y en ocasiones eliminados como condición de existencia del desarrollo económico y productivo del país. Este discurso admite muchas variantes, pero es implícitamente reiterado en los discursos políticos hegemónicos, desde la Unión Europea y la coalición financiera que dicta sus políticas y las garantiza en los países de economías dependientes, hasta los que elaboran los gabinetes económicos del gobierno español, o los que sostiene una buena parte de la inteligentsia académica nucleada en torno a grupos de presión con fuerte incidencia en los programas socialdemócratas. Desde ese punto de vista, la “devaluación salarial”, el “contrato único”,  la “liberalización del despido”, el “recorte del gasto social” y la “redefinición de las prestaciones sociales”, son elementos funcionales a la recuperación económica que permitirá no solo salir de la crisis, sino una fuerte creación de empleo. Lo que significa que la política debe hacer posible el crecimiento económico sobre la base de la degradación del trabajo con derechos, clave para la recuperación del empleo flexible. El razonamiento no mira hacia atrás ni ajusta las cuentas con los daños producidos ni la devastación social que ha ido instalándose en el país a partir del 2010. 

Por el contrario, ya desde finales del 2013, el discurso ha ido escalando grados de autoconvicción hasta llegar a niveles de euforia, sobre la base de previsiones económicas favorables y del favor que en el ambiente financiero encuentran las políticas del gobierno español. Una mirada a la hemeroteca de los primeros meses del año 2014 lo deja de manifiesto, aunque la entonación es más enfática conforme se avecina la fecha de las elecciones europeas.

 Veamos algunos ejemplos extraídos de una prensa escrita que hace suyo el optimismo del poder público, en ocasiones, como la que se trae a colación, con un entusiasmo contagioso.  “El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, renunció a ir a Davos en enero pasado. Tenía un hueco marginal en el programa que en La Moncloa no consideraron apropiado. Este se desquitó. En una sola jornada, el Gobierno español ha logrado reunir a lo más granado de la economía nacional e internacional en el museo Guggenheim, en Bilbao, un edificio imponente en una de las capitales de la España próspera, en una jornada a la que se ha dado en llamar miniDavos. Allí, Rajoy lanzó al mundo el mensaje de que la recuperación ya está aquí y España ha vuelto a la senda del crecimiento. El FMI, la OCDE, el Eurogrupo, la Comisión Europea y algunos de los más destacados empresarios españoles lanzaron a España más flores que las que adornan a Puppy, la escultura del Guggenheim” (El Pais, 3.03.14, titular: “Rajoy vende al mundo la recuperación”). El Gobierno español no está solo en esta apreciación positiva, “el Fondo Monetario Internacional (FMI) ha elevado la previsión de crecimiento de España para este año del 0,6% al 0,9%. Son tres décimas de diferencia respecto a lo que se calculaba en enero que acercan el pronóstico del organismo al que han hecho recientemente la Comisión Europea y el Gobierno español (1%). Se trata de la tercera mejora consecutiva en las estimaciones que la institución afincada en Washington realiza sobre el país” (El Pais, 8.04.14, titular: “El FMI da tres décimas más de aire a la economía española”). El ministro de Hacienda Montoro lo afirmaba de manera categórica en la SER, “la recuperación económica está en marcha en España” (31.03.2014), y el Ministro de Economía De Guindos defendía que la recuperación económica “esta vez no es en falso” (La Razón, 03.03.2014). Es un coro al que se unen también las grandes figuras de las finanzas. El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, cree que la recuperación de la economía española "es un hecho" y que 2014 va a "ser mucho mejor" porque "vuelve el crédito, vuelve el crecimiento" y, aunque más lentamente, también se recuperará el empleo. (Diario Crítico, 29.03.14).

¿Cómo es posible que la economía se reactive tras los negros momentos recorridos? La respuesta es simple y se reitera por doquier. La recuperación funciona porque se han aplicado las políticas justas. Las reformas estructurales necesarias. Los recortes del gasto social convenientes. Así el ejemplo español puede ser considerado la vía de promisión para otros países europeos, la prueba de que las políticas de austeridad son eficaces y consiguen sus objetivos de volver al crecimiento y el desarrollo, a la creación de riqueza. Así lo mantiene la CEOE-CEPYME. Los únicos que suponen una voz discordante en este coro de alabanzas son los sindicatos, que  con un cierto matiz defensivo afirman que la recuperación económica no puede llevarse adelante con desigualdad e injusticia social.

Lo cierto es que de ese ejercicio generalizado de afirmaciones taxativas que parecen pensadas para elevar la propia estima en una suerte de ejercicio ritual de autoayuda, se desgajan muchas opiniones mucho más dubitativas o escépticas respecto de las virtudes terapeúticas de la recuperación en marcha.

Hay que hacer notar que estos pronósticos optimistas se matizan también por las altas autoridades europeas cuando no hablan con la voz de la Troika. “Arreglar una crisis como la española acabará costando una década”, dijo el comisario europeo de Economía, Olli Rehn a comienzos del 2014. Se basa en algunos datos. En 2013 hubo 3,6 millones de personas ocupadas menos que en 2007 y la tasa de paro escaló al 26,4%. En unas recientes jornadas, el economista jefe para España de BBVA Research, Rafael Doménech, dio por bueno el pronóstico de superar en diez años la crisis, pero siempre que el PIB avance a una velocidad de crucero del 2,5%, “todo un reto con el endeudamiento de empresas, familias, bancos y Administraciones en niveles muy altos”. (El Pais, 01.02.14). El endeudamiento, vaya, siempre en el comienzo de la crisis y de su resolución.

La deuda pública en España ha alcanzado en el primer trimestre del 2014 el 95 % del PIB. “Pese a la mejora de los indicadores de PIB y los primeros datos de creación de empleo, el aumento de la deuda española no dará tregua este año. La fundación de las cajas de ahorros (Funcas) calcula que esta alcanzará el 99,7% del PIB al acabar 2014 y llegará al 104,3% en 2015, según sus últimas previsiones, hechas públicas la semana pasada. Son tasas similares a las estimadas por la Comisión Europa, del 98,9% y 103,3%, respectivamente, o a las del Fondo Monetario Internacional (FMI), del 99% y 102,5%.El dato más negativo en el caso del FMI es que sus expertos prevén que el lastre siga en el entorno del 105% en 2018” (El Pais, 17.03.14). Entre diciembre del 2011 y septiembre de 2013 la deuda pública ha aumentado 23 puntos. El Consejo Económico y Social ha publicado que la deuda total acumulada por la economía española en el 2013 llegó a suponer el 275,8 % del PIB. Para evitar las consecuencias extremadamente negativas que trae este ritmo de incremento y su repercusión sobre los mercados financieros, se requiere una recuperación de la actividad económica y de los niveles de empleo. (“Cauces” nº 26, abril 2014). Por no hablar de la sobrexposición a las fluctuaciones de la valoración de las agencias de rating, que ahora no encuentran motivos para alterar los intereses de la deuda, pero que sin duda estarán atentos a cualquier variación  derivada de la inestabilidad política inminente.

Pero los reiterados anuncios de recuperación económica son un arcano para quienes viven y trabajan en España. Se fundamenta principalmente en la reacción de salarios y empleo ante las reformas de estructura puestas en marcha con especial energía desde la llegada al poder con mayoría electoral absoluta, del Partido Popular, y por la capacidad que ha demostrado el aparato público de reducir el gasto social.

La percepción de esta realidad esplendorosa que festejan nuestros gobernantes y los medios de comunicación du régime y ensalzan como ejemplar los grupos financieros y políticos europeos  es diferente para otros agentes económicos de relieve. Así, aunque los directivos financieros asociados a la asociación ASSET situaron el final de la crisis entre 2013 y 2014 (un 56% así lo afirmó en octubre de 2013), la visión que estos profesionales tienen de la realidad económica y empresarial española ha empeorado. Esta es la conclusión que se extrae de los datos registrados en la encuesta de coyuntura semestral de ASSET que se han hecho públicos en la III Jornada Anual de ASSET celebrada en Madrid. Ahora, son un 53% los que afirman que la economía se recuperará a partir del bienio 2014-2015. Sin embargo, ya son un 30% que ven la recuperación económica más allá de 2015 y que, por tanto aún proyectan cuatro años más de serias dificultades económicas para la economía española. (Asociación Española de directivos de Empresa, 27.04.2014).

Por el momento el discurso no cala en la opinión pública, ya que según las encuestas del CIS, tan sólo el 9,1 por ciento de los españoles considera que la situación económica es ahora mejor que hace un año. A pesar de los esfuerzos que está desplegando el Gobierno para "vender"  que España ha mejorado y que ha dejado atrás la recesión, lo cierto es que para el 89 por ciento de los encuestados por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), el panorama económico es igual o peor que hace 12 meses (Diario Crítico, 07.04.2014).

¿Cuál es por tanto la clave de esa “recuperación económica” que se comenta a los cuatro vientos como el resultado correcto de una política correcta, que sirve incluso para presentar la experiencia española como un ejemplo a seguir por los países en crisis de Europa? Atendiendo a los datos con los que se cuenta, la recuperación económica crece raquíticamente sobre  el progresivo desmantelamiento de derechos y la degradación de las condiciones de existencia de las trabajadoras y los trabajadores de este país, sobre la generalización del desempleo de masa y la ampliación de los fenómenos de exclusión del trabajo de las reglas legales, como trabajo sumergido o clandestino. El trabajo, considerado crucial desde un planteamiento político democrático, sigue en el punto de mira de la acción de gobierno pero para vaciarle de contenido social, impedir su función cohesiva y devaluar su valor económico en el proceso de producción de bienes y de servicios.
   
Se trata de una situación que se debe revertir con extrema urgencia. Aunque está generando espacios amplísimos de resistencia que conducen a una deslegitimación completa de la acción de gobierno y del método bipartidista de la gobernanza económica y social del país, lo cierto es que ésta movilización no está logrando por el momento alterar una  realidad desoladora, en la que los datos estadísticos no son capaces de nombrar correctamente la magnitud del desastre que está sucediendo. No se puede continuar ese camino hacia la cancelación de los derechos laborales y sociales que dan dignidad al trabajo y conforman una ciudadanía libre. No podemos instalarnos en ese paisaje desolado, injusto y desigual. Ni podemos conceder ningún crédito a una palabra vacía, la de recuperación económica que en su origen y en su significado actual  es sinónima de la terrible devastación social que estamos soportando.




sábado, 26 de abril de 2014

SEGURIDAD PRIVADA Y DERECHO DE HUELGA










El incansable titular del blog iuslaboralista hermano, el profesor Rojo Torrecilla, sugirió en un “post” colocado en Facebook el análisis, desde la perspectiva constitucional, de la regulación que efectúa la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, que apareció en el BOE el sábado 5 de abril, del derecho de huelga del personal que presta sus servicios en estas actividades privadas de seguridad. Como todas sus indicaciones, ésta tenía la virtud de incidir en un punto decisivo en orden a la configuración del nuestro sistema de libertades, pero que aparece velado o disimulado en el cuerpo de una ley que no aborda – ni puede hacerlo – la regulación de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores de los servicios de seguridad. El comentario que sigue responde por tanto a la estimulante apreciación del profesor Rojo Torrecilla.



Se está hablando mucho, y con razón, del proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, mejor conocida como Ley Mordaza. No es necesario insistir en el carácter esencialmente antidemocrático de este texto, criticado no sólo desde la vertiente política y social, sino también desde las instituciones especializadas, como las asociaciones judiciales, los colegios de abogados o el propio CGPJ. La anticipación de las líneas represivas generales contenidas en dicho proyecto de ley se está produciendo ya en nuestro país, y forma parte de nuestra experiencia la progresiva criminalización de la protesta social. Amnistía Internacional lo ha señalado recientemente de forma crítica.

Se ha hablado sin embargo mucho menos de un texto legal ya promulgado, la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, que sustituye a la vieja Ley 23/1992, de 30 de junio. Se trata de una norma que debe leerse en paralelo al proyecto de ley de seguridad ciudadana. En efecto, mientras que en ésta la violencia de la coerción pública se ejercita sobre la práctica totalidad de las manifestaciones del conflicto social y de las movilizaciones que lo sostienen, en la recién promulgada ley de seguridad privada se reconduce al ámbito de lo privado una buena parte del espacio de la seguridad. Es decir, en un texto normativo  la “seguridad pública” se configura como un espacio de represión de la movilización social y en otro la seguridad ciudadana se privatiza y mercantiliza. Un círculo vicioso de consecuencias lesivas para la democracia.

El cambio de sentido de la regulación respecto de la Ley 23/1992 que sustituye, es muy claro. Se trata de pasar de una visión de control público de las actividades de seguridad privada, a la “integración” de la seguridad privada en el aparato público de policía, delegando y complementando sus funciones. “Es preciso transitar – dice la Exposición de Motivos – hasta una norma que permita aprovechar las enormes potencialidades que presenta la seguridad privada desde la perspectiva del interés público”. Para la ley 5/2014, en efecto, la seguridad ciudadana es un espacio abierto a la iniciativa privada, mercantilizado, que permite el desplazamiento de las funciones de control y de policía al ámbito privado. “Cada vez más, la seguridad privada se considera una parte indispensable del conjunto de medidas destinadas a la protección de la sociedad y a la defensa de los derechos y legítimos intereses de los ciudadanos”.

 La ley insiste en esta visión con una retórica triunfalista basada en afirmaciones dogmáticas.  La seguridad privada se ha convertido en un “verdadero actor” de las políticas globales y nacionales de seguridad, de manera que el Estado reconoce “la importancia, eficacia y eficiencia de las alianzas público-privadas como medio para hacer frente y resolver los problemas acuciantes y variados de seguridad que se producen en la sociedad”. El poder público descubre así “las enormes potencialidades” de la seguridad privada, lo que permite dotar al personal de seguridad privada del “respaldo jurídico necesario para el ejercicio de sus funciones legales”, mediante la “colaboración entre la seguridad privada y la seguridad pública”. 

La relación entre ambas esferas se sitúa en el ámbito de los principios. La ley establece un “principio de complementariedad” junto con un “principio de cooperación o de corresponsabilidad”, en una “relación especial” con los Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que reconoce el “papel auxiliar y especialmente colaborador desempeñado por la seguridad privada”. Naturalmente, esta colaboración “al servicio de la protección y seguridad del conjunto de la ciudadanía”, debe realizarse “de forma compatible con el legítimo interés que persiguen las entidades privadas de seguridad”.

Hay algunas consecuencias preocupantes de esta “relación especial” que despublifica el espacio de la seguridad, entre ellas y de forma más significativa, el reconocimiento de “protección jurídica análoga a la de los agentes de la autoridad del personal de seguridad privada frente a las agresiones o desobediencias de que pueden ser objeto cuando desarrollen, debidamente identificados, las actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”, o la regulación de los servicios de video vigilancia y de investigación privada convergente con la que establece la normativa sobre el empleo de video cámaras por la Policía en lugares públicos, entre otras amenazas al sistema de libertades. Todo ello requeriría un análisis más exhaustivo, como la intercomunicación tantas veces mencionada en la ley entre las fuerzas y cuerpos de seguridad y la creación de empresas de seguridad o los puestos de jefes de seguridad o de directores de seguridad en las mismas y el significado que reviste esta “complementariedad”.

Pero el tema que se quiere abordar en este comentario no hace referencia a este planteamiento general ni a su repercusión en una noción de la seguridad como espacio cerrado y apropiable privadamente, lo que en la ley se denomina “las necesidades legítimas de seguridad o de información de los usuarios de la seguridad privada”, la “contribución” a garantizar la seguridad pública y “complementar el monopolio de la seguridad que corresponde al Estado”, como un “recurso externo” de la seguridad pública. Se trata de examinar la reglamentación que se efectúa de uno de los derechos fundamentales de los trabajadores más relevantes en la dimensión colectiva de las relaciones laborales, junto con el derecho de libre sindicación: el derecho de huelga. 

La ley 5/2014 no regula el estatuto de personal de las personas que trabajan en este ámbito, ni por tanto disciplina los derechos individuales o colectivos del mismo. No tiene por qué hacerlo, puesto que está configurando el marco legal de los servicios de seguridad, y los derechos de los trabajadores del mismo están reconocidos y desarrollados en la legislación laboral. Sin embargo, la Ley decide abordar un aspecto concreto del conjunto de los derechos laborales, el derecho de huelga. El tema es muy significativo y a continuación se efectúan algunas observaciones sobre el mismo.

En efecto, señala el art. 8.6 de la Ley, entre sus “principios rectores”:

“Cuando el personal de seguridad privada desempeñe sus funciones en entidades públicas o privadas en las que se presten servicios que resulten o se declaren esenciales por la autoridad pública competente, o en los que el servicio de seguridad se haya impuesto obligatoriamente, habrán de atenerse, en el ejercicio del derecho de huelga, a lo que respecto de dichas entidades disponga la legislación vigente”.

Una primera observación tiene que ver con el propósito de este texto, que parece querer declarar la esencialidad del servicio de seguridad privada por conexión con el soporte material de actividad a la que coopera o auxilia el servicio de seguridad. Es muy dudoso desde el punto de vista formal que una ley ordinaria pueda regular la esencialidad de un servicio a efectos de huelga. Pero además la técnica que sigue el legislador ignora cuál es el sistema de límites al ejercicio del derecho de huelga en los servicios esenciales que ha ido estableciendo, en una larga serie de decisiones, el Tribunal Constitucional. 

En efecto, aunque el texto es farragoso y no se entiende bien, la ley parece decir que el servicio de seguridad privada es esencial a efectos de huelga si es esencial la actividad a la que éstos auxilian o cooperan en materia de seguridad.  Establece una presunción legal que permite restringir el ejercicio del derecho de huelga del personal de seguridad privada en el momento en que el servicio por ellos desempeñado se desarrolle en un “servicio esencial” de entidades públicas o privadas. La norma no es compatible con el sistema legal de delimitación de la cláusula general de esencialidad a efectos de huelga, que no se realiza en abstracto sobre los servicios que desempeñan las organizaciones o las empresas, sino sobre las circunstancias concretas de la huelga en relación con la lesión potencial activa que ésta puede generar sobre otros derechos fundamentales y libertades públicas en función de un juicio de composición basado en la proporcionalidad y la funcionalidad de los derechos en conflicto. Por tanto, la premisa de la que parte no se corresponde con la regulación constitucional del derecho. El enfoque correcto es el contrario, si declarada una huelga por los sujetos representativos del personal de seguridad, el cese de su actividad implica vulneración de derechos fundamentales de forma tal que se pueda declarar el servicio esencial a efectos de huelga en atención a las circunstancias concretas de ésta y no, por tanto, en función de la consideración “permanente” de esencialidad del servicio en el que se integra la actividad de seguridad.   

Lo que parece por otra parte indicar la norma indirectamente es el núcleo de las actividades que deberían integrar el servicio mínimo a efectos de huelga de este personal, y que consistirían en las actividades descritas en el art. 5.1 de la Ley, mientras que las otras actividades “compatibles” de carácter complementario o accesorio que enumera el art. 6.2 de la citada norma – información y control en accesos a instalaciones, tareas de recepción o comprobación de visitantes, o del estado y funcionamiento de las instalaciones de la empresa - no se considerarían indispensables para ser mantenidas durante la huelga. De esta forma la decisión de la autoridad gubernativa preservaría únicamente las primeras, sin que el servicio mínimo pudiera englobar a las segundas, que no se consideran realmente actividades de seguridad en el sentido técnico del término. Aquí de nuevo la técnica legislativa se compadece mal con la regulación establecida en materia de huelga y servicios esenciales, en la medida en que a la hora de determinar si el servicio en concreto es esencial a efectos de huelga hay que analizar la realidad material de la actividad en relación con el tipo de huelga convocada para a continuación delimitar el mínimo de actividad a mantener en razón de la concreta composición de derechos que se haga en el supuesto concreto.

Es por tanto un precepto legal que ignora la regulación constitucional del derecho de huelga, no se acomoda a las garantías formales requeridas para el desarrollo legislativo de ese derecho, y  se desvía claramente del estado de la cuestión sobre las restricciones que la huelga puede sufrir desde el juicio de proporcionalidad y los sacrificios mutuos de derechos fundamentales afectados. 

A su vez esta conclusión de ignorancia del régimen constitucional del derecho de huelga en el texto de la ley se refuerza con la prescripción de las sanciones por el incumplimiento de este precepto. En el art. 58 de la ley, al establecer las infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada – “así como los ingenieros, técnicos, operadores de seguridad y profesores acreditados” - la norma establece como infracción grave “el ejercicio del derecho a la huelga al margen de lo dispuesto al respecto para los servicios que resulten o se declaren esenciales por la autoridad pública competente, o en los que el servicio de seguridad se haya impuesto obligatoriamente, en los supuestos a que se refiere el artículo 8.6.”, y establece como sanción a esta infracción grave dos posibilidades: a) Multa de 1.001 a 6.000 euros, o b) Suspensión temporal de la habilitación por un plazo de entre seis meses y un año. Estas sanciones pueden aplicarse de forma alternativa o cumulativa (art. 65.1 de la Ley) por el Director General de la Policía, que es quien ostenta la competencia sancionatoria (art. 66.1.c) de la Ley). Las sanciones son inmediatamente ejecutivas y respecto de las multas, cabe establecerse el fraccionamiento del pago. 
             
La Ley establece por tanto una sanción administrativa grave por participación de los trabajadores en huelga que es independiente de las posibles sanciones disciplinarias derivadas de la actuación de los huelguistas y que valora de forma autónoma la autoridad gubernativa. La participación en huelga ilegal nunca había dado origen en nuestro ordenamiento democrático a una sanción administrativa. Es extremadamente dudosa que una ley pueda imponer este tipo de ilícitos administrativos que implican una fuerte multa o/y la imposibilidad de trabajar entre seis meses y un año. La imposición de un ilícito administrativo que habilita a la administración pública a imponer una sanción a los trabajadores por el ejercicio irregular del derecho fundamental de huelga exigiría ley orgánica, y el tipo de sanción es claramente desproporcionada. El procedimiento que señala la norma abre espacios muy amplios a la arbitrariedad y a la retorsión por el ejercicio del derecho de huelga, dificultando además procesalmente la garantía judicial del derecho. Bastará con que la empresa señale un servicio de seguridad obligatorio, o se comunique a la autoridad que la actividad de seguridad está conectada con un servicio esencial, para que, al margen de los procedimientos disciplinarios, la Dirección General de Policía abra expediente sancionatorio a los participantes en la huelga para imponer multas a los mismos y suspenda la habilitación para trabajar con un mínimo de seis meses, previsiblemente a los dirigentes de la huelga.

En definitiva, se trata de una regulación que choca frontalmente contra la Constitución. Al haberse procedido a la misma desde una norma legal, sólo cabe su impugnación formal a partir del recurso de inconstitucionalidad. Aguardar a que se plantee el problema en la realidad litigiosa judicial  y plantear una cuestión de inconstitucionalidad, es siempre dudoso. Por tanto, y como en tantas otras ocasiones, recurrir a la norma con rango de ley es la mejor manera de conseguir un cierto blindaje frente a la agresión anticonstitucional que se perpetra. La “responsabilidad política” que el Tribunal Constitucional exige a la “autoridad de gobierno” en las operaciones de restricción del derecho de huelga en los servicios esenciales, demuestra aquí sus límites fundamentales y su carácter retórico. Ni impide que el derecho de huelga sea regulado de forma incompatible con su contenido y función, ni posibilita que los trabajadores y sus organizaciones representativas, como titulares del derecho, puedan reaccionar en el tiempo debido frente a esta agresión a su derecho fundamental. La ley comentada persigue, simultáneamente, la privatización de la seguridad ciudadana y la expulsión del conflicto laboral que está en la base del “legítimo interés que persiguen las empresas privadas de seguridad”. Todo un programa de gobierno que explicita un proyecto de sociedad basado en reglas de desigualdad y de violencia que son incompatibles con la Constitución vigente.

martes, 22 de abril de 2014

DESCONECTADO







Un tiempo desconectado, como se dice en el texto. En un lugar sin conexión. (La foto del titular del blog en estas vacaciones, con un peinado que recuerda a Anasagasti, da cuenta del tiempo de ocio pasado).




Durante más de una semana, aprovechando el período de las vacaciones de Pascua, he estado desconectado. Es decir, sin conexión a internet, pero tampoco con televisión, radio, periódicos. Una experiencia insólita en este siglo XXI. Mi móvil es de un modelo Samsung que tiene escasa capacidad de almacenamiento – al menos eso me dijo una experimentada vendedora de los llamados consumibles en Media Markt de Sevilla (yo no soy tonto) – y por tanto no acoge noticias ni páginas web, ni yo las frecuento desde ese aparato. Así que unplugged, lo que también quiere decir out of order.

Pero esa situación permite otros abordajes. Además de los que todos pueden suponer – descanso, paseos, vida sana al aire libre, degustación de la gastronomía local y de los caldos de la tierra – se abren otras dimensiones dentro de la dimensión del ocio desconectado. Luis García Montero dice que en las vacaciones se recorren carreteras y se descubren bibliotecas. No ha sido para tanto en este caso, pero he frecuentado la ciudad de Shanghai de la mano de un policía erudito buscando a un asesino en serie en torno a un vestido mandarín de seda roja, conociendo a la vez las peculiaridades  gastronómicas de la cocina china, especialmente las que se basan en apreciar el gusto exquisito del animal que sufre, gambas, tortugas, pescados. También he visitado Nagoya y Tokio, siguiendo a un grupo de amigos adolescentes que excluyen de manera abrupta a uno de entre ellos, que tiene que remontar el curso de su historia – y de las historias que encierra – para intentar explicar su autismo sentimental y afectivo. He estado asimismo en Buenos Aires, acompañando por sus calles a un inspector de policía amante del tango y del violín mientras descubría el misterio de un cruel asesinato cometido por error. Y finalmente, he recalado en Sudáfrica en la década de los setenta del siglo pasado, reconstruyendo a partir de cinco relatos de personas que lo conocieron, la vida y la presencia de un escritor en sus orígenes, un personaje que expresa con toda la ambivalencia y antipatía un pasado – su pasado – que declara extinguido, muerto.

Así que no pude celebrar el 14 de abril. Y el sábado 19 me sobrecogió la fotografía de Gabriel García Márquez en la portada de “El Pais” que se destacaba entre los periódicos locales en un colmado en la playa. Volví por tanto a recordar, como un homenaje íntimo seguramente compartido por millones de personas, aquella tarde remota en la que el padre del coronel Aureliano Buendía le llevó a conocer el hielo, y ya en Madrid, anoté el párrafo que mis amigos mexicanos Oscar Alzaga y Guadalupe Cortés resaltaron en la carta que nos enviaron a tantos amigos como forma de comunicar su tristeza por la muerte de ese gran escritor y compañero de luchas, el que señala que  “… en aquel momento estaba descubriendo los primeros indicios de su ser (…) persiguió los caminos ocultos de su descendencia (…) estaba previsto que la ciudad de los espejos (o de los espejismos) sería arrasada por el viento y desterrada de la memoria de los hombres (…) porque las estirpes condenadas a cien años de soledad no tenían una segunda oportunidad sobre la tierra”. 

Y ahora ya de regreso a la normalidad productiva, lo primero que llama la atención es la gran cantidad de mensajes agolpados en el buzón durante esos diez días. Demasiados. Y un largo tiempo para clasificarlos, eliminando unos cuantos, responderlos. Entre ellos otra noticia luctuosa, la muerte del gran maestro uruguayo Hector Hugo Barbagelata. Los amjgos y las amigas de la Universidad de la República están de luto, y nosotros con ellas y ellos. En general todo el derecho del trabajo latinoamericano.

Finaliza abril. El viernes, una fecha emblemática. El 25 de abril italianos y portugueses festejan la derrota del fascismo. En Italia un triunfo armado a lo largo de una verdadera guerra civil entre demócratas y fascistas, en Portugal a través del Movimiento de las Fuerzas Armadas y el pueblo en las calles. MFA/Povo, O povo/ MFA. Nosotros en España no celebramos la derrota del franquismo. Nuestros militares demócratas, los miembros de la UMD, siguen sin tener una reparación adecuada. Y ni siquiera la Ley de Memoria Histórica ha servido para localizar a los asesinados y desaparecidos por el franquismo y la guerra civil. Al juez que intentó abrir esta posibilidad se le ha procesado por prevaricador. Los símbolos franquistas se consideran adornos históricos según algunas autoridades públicas del Partido Popular que gobierna en mayoría en tantos territorios del Estado español. No tenemos un 25 de abril.

Estamos ya en la cuenta atrás para Europa. El bipartidismo está amenazado, se dice y se insiste y por eso todo se pone en marcha para reforzarlo. Mediáticamente, ideológicamente, negando cualquier resquicio a las opciones diferentes. Hasta conseguir que se encastille en una pérdida de votos pero no de mayorías suficientes. Para seguir “las normas”, como dice el ministro alemán de finanzas, es decir, para continuar con las políticas de desigualdad y de reducción de derechos de ciudadanía. En gran medida el discurso sigue girando contra el discurso dominante – que tiene versiones bien diferentes en su aplicación interna – pero no es capaz de presentarse por el momento como una narración propia que sustituya aquél.  Esta cierta incapacidad de presentarse como alternativa real y propia debilita la posibilidad electoral de construir esa alternativa.

El tercer trimestre. Eso se decía antes de Bolonia. En este año realmente queda un mes de curso escaso. Para los detractores de la enseñanza pública, una prueba del escaso trabajo de sus profesores. Para los profesores, el tiempo burocrático más acuciante. Exámenes, corrección de textos, revisión,  preparación y lectura de los trabajos de fin de grado y de fin de master, reunión de departamento, programación del siguiente curso, espacio para terminar algún trabajo de investigación en curso o un artículo para publicar en revistas de impacto, renovación de contratos, presencia en tribunales calificadores. El calendario de compromisos llega hasta el 25 de julio. Y el curso vuelve a comenzar en la primera semana de septiembre. Todo en una universidad sin recursos, especialmente castigada como enemiga del poder público, sospechosa siempre de alimentar el espíritu crítico y la capacidad de pensar autónomamente. 

Es decir, otra vez conectado. A ver qué pasa, como diría un castizo.


jueves, 10 de abril de 2014

EL SINDICALISMO ESPAÑOL FRENTE A LOS CAMBIOS INSTITUCIONALES Y MATERIALES DEL TRABAJO.









Una tercera entrega de la serie sobre los cambios en el mundo del trabajo que basó la exposición en el Foro de Nuevas Respuestas de la Fundación 1 de Mayo. En esta ocasión, el foco de atención es el sindicato, la situación ante la que se encuentra el sindicalismo español actualmente. (La foto corresponde a la manifestación en Madrid del día de la huelga general del 14 de noviembre de 2012)

¿Qué consecuencias más relevantes tienen estos cambios? En principio esos cambios nos afectan a todos en nuestros diferentes entornos, nos afectan como ciudadanos, nos afectan en las instituciones en las que estamos, nos afectan en la universidad, nos afectan en los servicios jurídicos, en los lugares de trabajo. Pero me parece que el principal afectado es el propio sindicalismo, la figura del sindicato.

El sindicalismo español en ese contexto ha sufrido además un hecho agravante. Ha padecido una campaña de deslegitimación general de la actuación de los sindicatos y de sus equipos de dirección. Es un tema, que creo conveniente señalar y aquí está Ignacio Muro para recordárnoslo, que ha ocupado de forma decisiva de la agenda mediática del mainstream prácticamente desde el 2010 hasta aquí, un objetivo fundamental de los grandes poderes económicos que sostienen estos medios de comunicación.

Esta operación de descrédito es coherente con la política de los poderes públicos, que a partir de la victoria del PP primero en las municipales y autonómicas y luego en las elecciones generales de noviembre de 2011, ha intentado eliminar en la mayoría de lo posible sobre la base del recorte del gastos, las facilidades para el desempeño de la representación sindical con la intención de asfixiar económicamente al sindicato y por esa vía conseguir su inoperancia o su rendición.

Como tercer elemento del empeño de deslegitimación general del sindicato, ha comparecido la presencia y el conocimiento público de episodios de institucionalización sindical regresiva, burocratizada, como el caso de los ERES, los casos de las corruptelas sindicales, etcétera, que han tenido una fuerte incidencia en la opinión pública. Con independencia de la orientación política del espectador, de izquierda o de derecha. No creo que sea un hecho que podamos decir y podamos colocar solamente en el otro lado del río, sino que se halla muy enraizado en la gente progresista, en los trabajadores y en los sectores populares.

Aunque no sé en qué medida tienen valor las encuestas, los barómetros de opinión, lo cierto es que en la evaluación ciudadana de los principales grupos sociales e instituciones los sindicatos tienen una desaprobación ciudadana del 69% (que no es una porcentaje pequeño)  frente a una aprobación del 29. Felizmente podemos vanagloriarnos de que la patronal, frente a ello, tiene una aprobación de sólo el 27%, con lo cual unido a que los obispos la tienen solamente del 16%, posiblemente nos coloque en una situación de privilegio respecto de ambas instituciones, y más aún respecto de los políticos y de los partidos políticos y también de los bancos (con un porcentaje de desaprobación del 88, 89 y 88 % respectivamente) pero en último término es un tema inquietante. Es cierto, sin embargo, que en ese mismo barómetro de enero de 2013 que establece la evaluación ciudadana en la opinión pública, los profesores de educación, los científicos, la universidad, los médicos de la sanidad pública, es decir, las figuras de los trabajadores de los servicios públicos tienen la máxima aprobación. Por lo tanto hay una cosa interesante porque dentro de la visibilidad social de las dos figuras del trabajo, los trabajadores y las organizaciones representativas de los mismos, los trabajadores aparecen visibilizados de una manera muy positiva, las representantes de los trabajadores por el contrario no. Son datos que hay que tomarlos en consideración, me parece, en la medida en que funciona como  caldo de cultivo de algunas conductas y prácticas a propósito del sindicato.

¿Cuáles son las consecuencias mas relevantes de estos cambios sobre el sindicalismo español? ¿Cuáles han sido los que a mí me parecen que son más resaltables de esta etapa? En primer lugar la virtual desaparición de la negociación política, el incumplimiento de los acuerdos de concertación y la ruptura del diálogo social. Yo creo que esto es un hecho evidente, la imposibilidad de la negociación política y el abrupto fin de la interlocución política del sindicato, contrariando lo que establece el artículo 7 de la Constitución y sobre todo una larga tradición que había ido construyendo reglas materiales no escritas de consulta y participación de las políticas públicas y de diálogo social. Este es un hecho importante, el poder público ha roto cualquier tipo de comunicación con el sindicato, no acepta establecer contacto cuando el sindicato quiere negociar temas centrales del diálogo social. La comunicación o la consulta, en su caso, funciona en una sola dirección, fluye del poder público de forma unilateral.

En segundo término, ha habido un desapoderamiento de la función de representación institucional de los sindicatos cuando se ha llegado a dos acuerdos marco consecutivos, recordemos, en 2010 y 2012, con las dos grandes reformas laborales, para intentar pactar contenidos de reforma en la negociación colectiva con la patronal y los dos acuerdos han sido plenamente contrariados por la ley, de manera que el poder público se ha considerado desentendido de este proceso e incumplidos por parte del empresariado, que ha aplaudido entusiasta este desmentido legal a un acuerdo que no han defendido ni hecho suyo en ningún momento. Estas conductas posteriormente han generado la desarticulación de mecanismos de coordinación y ordenación de negociación colectiva con el beneplácito de la CEOE-CEPYME.

No basta decir que evidentemente será un problema de la patronal haber tirado por la borda un elemento extremadamente positivo y valioso que había ido construyendo en esos treinta y cinco años desde la Constitución, la capacidad – y la práctica consolidada -  de poder negociar autónomamente con los sindicatos al margen de la orientación política del Gobierno las condiciones de trabajo y empleo y la estructura de la negociación colectiva. Pareciera que el momento en el que la patronal firmaba los acuerdos del 2012 sonreía como los personajes de “Crepúsculo”, en esa sonrisa aparecían, se insinuaban dos colmillos y naturalmente en la comisura de los labios una gotita de sangre.

Al desapoderamiento sindical y la desarticulación de la ordenación concertada de la negociación colectiva ha correspondido el remplazo de estos espacios de negociación por los de conflicto. Una movilización social en ese mismo espacio, con elementos muy interesantes, con elementos yo creo que renovadores sobre los que tenemos que llamar la atención. Yo creo que el primero es la progresiva inserción de la movilización sindical en un contexto europeo de conflicto, una novedad estratégica sobre lo que tradicionalmente basaba su actuación el sindicalismo europeo desmembrado en su respuesta a las políticas de austeridad en cada uno de los estados-nación afectados durante 2010 y 2011. Es a partir del congreso de Atenas cuando empieza este camino y que yo creo que aparece muy claro del 14 de noviembre del 2012, con la convocatoria de una primera huelga coordinada a nivel europeo como un elemento decisivo de esta aproximación global y local a la vez a la lucha contra las políticas de austeridad implementadas en el ámbito europeo y en el ámbito nacional simultáneamente

Y, segundo elemento de novedad, que no es tal porque sabemos que es una costumbre y una práctica del sindicalismo sociopolítico español, la inserción de esa movilización obrera, de esa movilización de los trabajadores en los movimientos sociales. La idea de la cumbre social y sobre todo que la cumbre social no sea una agregación de organizaciones coyuntural sino que aparece ya con una cierta permanencia, dotada de una cierta estabilidad. Naturalmente eso lleva consigo el deshielo de la relación entre el sindicato y los movimientos derivados del 15M, y la presencia sindical transversal en tantas movilizaciones “generales” y “particulares”. Yo creo que esos dos elementos son relevantes.

Las huelgas generales que hemos tenido (y hemos tenido muchas huelgas generales en un plazo breve de tiempo), son importantes porque han canalizado en gran medida una resistencia social fundamental e importantísima. La resistencia social de los trabajadores y de las trabajadoras, pero más en general de la mayoría de la ciudadanía, la mayoría social, a través de la capacidad de extensión del conflicto como se evidenciaba en la ocupación del espacio público por multitudes en las manifestaciones que seguían al final de la huelga. También han canalizado la agresión mediática y la agresión política y quiero señalar que no sólo la agresión sino la represión. Es decir, no es baladí que se esté acusando a ocho sindicalistas de penas pesadas de cárcel por haber participado precisamente en un piquete de huelga en una huelga general.

¿Cómo se ha desarrollado este tiempo de conflicto social y sindical? Ha habido una gran participación de trabajadores, cada vez más abundante desde 2010 hasta las huelgas de 2012 con el pico posiblemente más alto en la de noviembre de 2012, por otra parte cada vez mejor realizada, cada vez con más adhesión no sólo de los huelguistas sino con ocupación de las calles y los espacios públicos en paralelo a la paralización del trabajo. Sucede sin embargo que esas huelgas generales no han podido romper la norma social de consumo, es decir, los trabajadores no han ido al trabajo, sobre todo y fundamentalmente en determinados sectores, pero los trabajadores ciudadanos han ido a hacer la compra y han sacado dinero del cajero automático. Es decir, que frente a una huelga ciudadana como la que pertenece a la leyenda de la historia, la del 14-D (y hay un libro de la Fundación sobre la misma bien interesante), estas huelgas de la crisis no han roto la norma social de consumo, lo que  ha sido utilizado mediáticamente y también políticamente para señalar la inutilidad de la huelga general, subrayando en las mejores versiones que la relación entre el coste que supone para el sindicato organizar una huelga general y el resultado en términos de visibilidad social y de impacto mediático es un coste desproporcionado. A lo que se une no haber obtenido ninguna respuesta por parte del poder público ni por parte del poder económico, a las reivindicaciones esgrimidas. Han sido huelgas que realmente han generado una amplísima resistencia obrera en los sectores industriales, de la construcción y de los servicios, que han educado a una nueva generación de trabajadores, pero lo que no han conseguido es el objetivo normal de la huelga que es una salida directa, un compromiso que cierre el conflicto por un tiempo. Me refiero a una salida inmediata. Ahí es seguro que la ola huelguística ha tenido efectos importantes en la conciencia política de los participantes en la misma, e influyen seguramente en la visión global de la situación española, y en las posibles salidas políticas, pero estos efectos se verán más tarde, quizá dentro de poco, pero no en el momento inmediatamente posterior a la huelga.

Estas consideraciones han llevado a un progresivo desplazamiento de la acción sindical al área de la ciudadanía social, en detrimento del área del trabajo y de la producción. Es decir, igual que en el año 2013 ha habido un implícito abandono de la huelga general por parte de los sindicatos y la sustitución de las medidas de presión por manifestaciones donde se quiere dominar el espacio ciudadano en la calle, junto con los movimientos sociales. De tal manera que la movilización realizada y la visibilización de la figura que estaba en la calle, la visibilización material y simbólica de la figura que estaba en la calle no estaba representada por el trabajador sino que entronizaba al ciudadano,  el ciudadano que requiere la prestación de servicios públicos y la desmercantilización de sus necesidades sociales. La condición de ciudadano no niega la de trabajador, pero es contemplada  como tal afirmándose en el espacio público. La figura simbólica predominante no era la del trabajador que estaba sometido a un poder privado con un dominio unilateral enfrente, sino más bien el ciudadano enfrentado a un poder público que no cumple las obligaciones de la cláusula de Estado social. Creo que es un elemento sobre el que debemos  reflexionar, una “pista” que deberíamos seguir un poco más.